Tlahui-Politic. No. 8, II/1999


Recurso de Amparo Favorable para el Abogado Israel Ochoa Lara

Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. México, a 27 de Agosto, 1999. El Observatorio/MEX 004 / 9906 / OBS 046.01/México/Amparo favorable.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, programa conjunto de la FIDH y de la OMCT, ha recibido nueva INFORMACIÓN en relación con siguiente situación en México.

Nueva INFORMACIÓN:

El Abogado Israel Ochoa Lara acaba de informar al Observatorio que habia interpuesto recurso de amparo contra la orden de aprehensión en su contra, argumentando que no había cometido el delito que se le imputaba. De dicho recurso conoció el Juez tercero de Distrito Judicial del Centro, Estado de Oaxaca.

Dicho juez resolvió favorablemente dicho recurso y considero inconstitucional la orden de aprehensión dictada en su contra, librada por el Juez primero de Distrito Judicial del Centro. El recurso de Amparo quedo ejecutoriado de manera definitiva el 17 de agosto de 1999, por lo que la orden de detención quedo revocada de manera definitiva.

Recordatorio de la situación:

La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, LIMEDDH, organización miembro de la FIDH y la OMCT, había expresado su profunda preocupación por la libertad del abogado Israel Ochoa Lara, defensor de derechos humanos en el Estado de Oaxaca.

De acuerdo a la LIMEDDH, un juez federal del Estado de Oaxaca, México, libro una orden de aprehensión contra el Abogado Ochoa Lara, en base a la Averiguación previa A.C.OAX/II/151/97, iniciada por el Agente del Ministerio Publico Federal de la segunda agencia investigadora de la Procuraduría General de la Republica, de Oaxaca. Investigación en la que se acusaba al Abogado Ochoa Lara de ejercer la representación, en un mismo asunto, de dos indígenas zapotecos con intereses contrarios.

Según la INFORMACIÓN recibida, durante mas de dos años el Abogado Ochoa Lara ha dirigido un equipo de defensores de 130 presos, indígenas zapotecos de la Región Loxicha, en el Estado de Oaxaca, acusados de pertenecer al grupo denominado Ejército Popular Revolucionario (EPR).

Durante el juicio uno de los acusados formulo declaraciones incriminatorias contra otro co-acusado, siendo esta la razón por la cual se inicio acusación contra el Abogado Ochoa Lara.

Los informes advertían que tal acusación era infundada y contraria a lo dispuesto por el Código Penal Federal, el cual sanciona la representación o defensa de partes contrarias.

El Observatorio temía, a la luz de las informaciones anteriores, que mediante la referida orden de aprehensión las autoridades pretendiesen intimidar al equipo de defensores de los indígenas de Loxicha, de modo a dificultar o impedir la defensa de los acusados y, de otra parte, obstaculizar las actividades del Licenciado Israel Ochoa Lara en el libre ejercicio de la profesión de abogado y, en general, sus actividades en favor de los derechos humanos.

Ginebra - Paris, 27 de agosto de 1999

From: OMCT omct@omct.org
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