Tlahui-Politic. No. 8, II/1999


Desplazados forzosos realizan manifestaciones de protesta en Villavicencio

Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Colombia, a 5 de Diciembre, 1999. Col - Desplazados forzosos realizan manifestaciones de protesta en Villavicencio. Equipo Nizkor, miembro del Serpaj Europa, Derechos Human Rights (USA) y del GILC (Global Internet Liberty Campaign). Solidaridad Urgente.

150 FAMILIAS DESPLAZADAS EN LA CIUDAD DE VILLAVICENCIO REALIZAN ACTOS DE PROTESTA ANTE LA GRAVEDAD DE SU SITUACIÓN

En el día viernes (26 - XI - 99) 150 familias (500 personas) desplazadas por la violencia procedentes de diferentes municipios del meta (Mapiripan, Puerto concordia, Puerto Rico, Puerto Yerras, Mesetas y Lejanías) que actualmente se encuentran en la ciudad de Villavicencio, cansadas de no encontrar respuestas a las diferentes necesidades en materia de atención humanitaria y consolidación socio económica, decidieron hacer ocupación pacifica de un predio urbano en la vía a Acacias frente a Montecarlo, lote aledaño al asentamiento Nuevo Amanecer. En la ciudad de Villavicencio, con el fin de tener un techo donde alojar a sus familiares.

El día sábado 27 de Noviembre de 1999 mediante el uso de la fuerza la Policía Nacional - unidad de fuerza disponible - desalojó las familias desplazadas allí asentadas.

El día sábado 27 de Noviembre en hora de la noche el mismo grupo de familias ocupó de hecho pacífico el mismo previo.

El día domingo 28 de noviembre, la Policía Nacional mediante el uso de la fuerza y por segunda vez desalojó las familias ocupantes.

El desalojo por la fuerza a estas humildes familias no solucionó de ninguna manera la problemática socioeconómica de las familias desplazadas allí asentadas, por el contrario la agrava, al no tener vivienda ni recursos económicos para cancelar el arriendo, ni haber logrado hablar con el señor alcalde municipal DOCTOR HERNANDO MARTÍNEZ AGUILERA, ni con el comité municipal de desplazados, el día 28 de noviembre/99 en horas de la noche, decidieron trasladarse y hacer una tercera ocupación de hecho, esta vez, en un terreno del municipio de Villavicencio ubicado en el km 11 vía Acacias frente a Benposta Villavicencio. Este predio en administraciones, había sido destinado para la construcción del relleno sanitario de la ciudad, este objetivo no se logró por la inviabilidad ambiental y la protesta de la comunidad de Ciudad Porfía al verse afectada con la construcción del mencionado relleno.

El día 30 de noviembre y transcurridas 42 horas de la tercera ocupación, la Alcaldía Municipal ordenó el operativo de desalojo de las familias desplazadas allí asentadas a partir de las 6: 00 p.m. por intermedio del inspector de policía de Ciudad Porfía.

Al iniciarse la acción de desalojo se hizo presente la Personería Municipal quien intervino manifestando: si bien la orden de desalojo es legal, el grupo de familias allí asentadas son todos desplazados por la violencia, y según la Ley 387 de 1997 se establece que le corresponde a la Alcaldía Municipal de Villavicencio como conducto regular del gobierno, solucionar la problemática de las familias desplazadas con los mecanismos que la misma ley establece; y solicito aplazar la orden de desalojo hasta tanto el señor Alcalde Municipal, Doctor HERNANDO MARTÍNEZ AGUILEAR, no se apersone del problema social y le de solución.

Se solicita la solidaridad de las ONG's nacionales e internacionales y los medios de comunicación, para que intercedan con sus buenos oficios ante el gobierno Nacional, Departamental y Municipal para que solucionen la problemática de las familias desplazadas por la violencia en Villavicencio, para lo cual se exige:

Presencia de una comisión compuesta por la Red de Solidaridad, la Alcaldía Municipal y la Defensoría Regional del Pueblo, que entren en comunicación de manera inmediata con los voceros de las familias desplazadas para acordar soluciones en materia de vivienda para las 150 familias que ocupan este predio.

Se convoque de carácter extraordinario al comité municipal de atención a la población desplazada, en cuanto que a este corresponde atender las diferentes necesidades de la población desplazada a nivel municipal, para lo cual solicitamos la presencia del señor alcalde municipal, Hernando Martínez Aguilera quien por mandato legal, Art. 7º parágrafo 3º Ley 387/97 debe citar a quienes hacen parte del citado comité a propósito de diseñar y articular propuestas de atención inmediata con las cuales se posibilite superar la crisis en la cual se encuentran las familias producto del desplazamiento.

Se evite la utilización de la fuerza pública, ya que la intención de las víctimas del desplazamiento forzado antes de concitar la perturbación del orden público, tiene como sustento demandar solución y atención para quienes se encuentran en esta precaria situación de desplazamiento.

Villavicencio noviembre 30 de 1999
Atentamente,
COMUNIDAD DESPLAZADA EN VILLAVICENCIO
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA No. 002

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