Tlahui-Politic. No. 8, II/1999
Carta de la Señora Ministra de Justicia sobre los Presos Políticos
Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Chile, a 17 de Agosto, 1999.
CHILE: ODEP: Carta de la Señora Ministra de
Justicia sobre los Presos Políticos.
MINISTERIO DE JUSTICIA
Sra. Soledad Alvear
Ministra de Justicia.
Fono-fax: 56-2-6987098
E-mail: minju@reúna.cl
Santiago, agosto de 1999
Señores
Central Unitaria de Trabajadores
Presente
Señores:
Acuso recibo de la carta remitida por el señor Adrián Fuentes, en
representación de la Central Unitaria de Trabajadores y otras
organizaciones nacionales e internacionales,
en el marco de una campaña por ustedes impulsada, en " favor de la libertad
de los Presos Políticos y repudiando la violación de sus derechos humanos".
En vuestra carta hacen referencia a supuestas torturas que habrían sido
aplicadas a los presos de la Cárcel de Alta Seguridad, durante el proceso
de traslado a la Cárcel de Colina, efectuado el día 6 de febrero último.
Acto seguido, dan cuenta del fallo de la Cuarta Sala de la Corte de
Apelaciones "recaído sobre el recurso de amparo interpuesto por familiares
y abogados de derechos humanos, en el cual se reconoce que los Presos
Políticos fueron víctimas de terrorismo institucionalizado en febrero pasado".
Finalmente, junto con restar lógica al discurso democrático de nuestro
Gobierno, plantean la exigencia del señor Subsecretario de Justicia y de un
alto funcionario de Gendarmería de Chile, como consecuencia de su eventual
responsabilidad en los hechos denunciados.
Al respecto, expresamos a Uds. las siguientes apreciaciones:
1. El Gobierno de Chile y el Ministerio de Justicia en particular, han
mantenido una
permanente línea de vanguardia en la promoción y defensa de los Derechos
Humanos,
significada en diversos sucesos de la contingencia nacional que obran en
vuestro
conocimiento.
En igual contexto, adquieren sentido la suscripción por parte del Estado
Chileno de
todos los Pactos Internacionales relevantes en materia de garantía a las
personas,
otorgando plenas facilidades a las Organizaciones Internacionales para que se
interioricen adecuadamente de nuestra realidad.
2. En Chile no existen Presos Políticos. Es efectivo que existieron
durante el Régimen Militar que gobernó Chile entre 1973 y 1989, todos los
cuales fueron liberados al asumir las autoridades democráticas. Dichas
personas se opusieron a las autoridades de la época, las cuales no
brindaron conductos de expresión ni aceptaron la disidencia.
Al término del gobierno del Presidente Aylwin, las 460 personas privadas de
libertad que existían al inicio del período, recuperaron su libertad.
3. Es sabido que con posterioridad al momento de asumir las nuevas
autoridades, se organizaron otros grupos o personas aisladas, los que
promovieron delitos graves contra autoridades del nuevo gobierno y la
ciudadanía en general. Entre estos delitos figuran atentados contra la
propiedad privada, lesiones e incluso homicidios.
propiedad privada, lesiones e incluso homicidios.
Es del caso indicar que, además, en su gran mayoría pertenecen a grupos no
vinculados estrictamente a la disidencia contra el anterior régimen, sino
que estructurados con base en objetivos de alteración del régimen
democrático y sus autoridades con posterioridad a 1990, repudiando la
manifestación de voluntad soberana expresada libremente en actos electorales.
4. Las personas detenidas por estos delitos graves, cuya justificación han
amparado en motivaciones de orden político, han sido ubicadas en un recinto
que permite garantizar su seguridad y la de la propia ciudadanía, la cual
debe tener la certeza de que no será objeto de los graves atentados contra
su vida, reiterados en forma declarativa por los líderes de estos grupos
organizados.
El mencionado recinto, conocido públicamente como "Cárcel de Alta
Seguridad" (CAS), cumple con garantizar el pleno acatamiento de los
compromisos internacionales asumidos por Chile en lo que respecta al
respeto de los derechos civiles de las personas, en particular, la
disposición del artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos.
5. Respecto de los hechos ocurridos como consecuencia del traslado de los
internos en la CAS en forma provisoria a otro Recinto Penal, durante el mes
de febrero del presente año, la Corte Suprema de Justicia a través de una
resolución unánime de su Tercera Sala señaló que Gendarmería de Chile tuvo
una actuación atinada frente a la situación de amotinamiento que la provocó
y con sujeción a las facultades que emanan del reglamento de
Establecimientos Penitenciarios.
La indisciplina de los presos consistió en la introducción de un soplete al
penal, destrucción de cerraduras y agresión al personal de gendarmería a
cargo de su custodia.
6. En lo que dice relación con la denuncia de supuestos apremios ilegítimos
y aplicación de fuerza desmedida, en su oportunidad revisaron a los
internos profesionales de organismos competentes e independientes, como la
jueza a cargo de la investigación, magistrada Olga Pérez, peritos del
Servicio Médico Legal y el Fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Los dos últimos públicamente afirmaron que los reclusos estaban en buen
estado de salud. Por su parte, el Fiscal de la Corte Suprema de Justicia
expresó que no existieron rasgos de tortura o apremios ilegítimos,
especificando que las lesiones que presentaban los trasladados eran leves y
habían resultado como consecuencia de la resistencia opuesta por los
internos a las medidas de seguridad.
7. En lo que respecta a la petición de renuncia de autoridades
ministeriales y de Gendarmería, es atribución de S. E. El Presidente de la
República evaluar el cometido de los funcionarios de su directa confianza,
acción que estamos ciertos realiza en forma permanente.
8. Finalmente, reitero a Uds. las seguridades en orden a que el Gobierno
permanentemente vela por el cumplimiento de todas las normas del
ordenamiento interno, así como de las convicciones internacionales
suscritas por Chile, que tienden a garantizar la integridad física y
síquica de todos los habitantes de la República, así como de los demás
derechos civiles inherentes a su condición de personas.
Valorando su interés por atender la vigencia de los Derechos Humanos en
nuestro
País, le saluda con atención
MARÍA SOLEDAD ALVEAR VALENZUELA
Ministra de Justicia.
From: Comité Internacionalista Arco Iris ale.ramon@numerica.it
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