Tlahui-Politic. No. 8, II/1999


Carta de la Señora Ministra de Justicia sobre los Presos Políticos

Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Chile, a 17 de Agosto, 1999. CHILE: ODEP: Carta de la Señora Ministra de Justicia sobre los Presos Políticos.

MINISTERIO DE JUSTICIA
Sra. Soledad Alvear
Ministra de Justicia.
Fono-fax: 56-2-6987098
E-mail: minju@reúna.cl
Santiago, agosto de 1999

Señores
Central Unitaria de Trabajadores
Presente

Señores:

Acuso recibo de la carta remitida por el señor Adrián Fuentes, en representación de la Central Unitaria de Trabajadores y otras organizaciones nacionales e internacionales, en el marco de una campaña por ustedes impulsada, en " favor de la libertad de los Presos Políticos y repudiando la violación de sus derechos humanos".

En vuestra carta hacen referencia a supuestas torturas que habrían sido aplicadas a los presos de la Cárcel de Alta Seguridad, durante el proceso de traslado a la Cárcel de Colina, efectuado el día 6 de febrero último.

Acto seguido, dan cuenta del fallo de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones "recaído sobre el recurso de amparo interpuesto por familiares y abogados de derechos humanos, en el cual se reconoce que los Presos Políticos fueron víctimas de terrorismo institucionalizado en febrero pasado".

Finalmente, junto con restar lógica al discurso democrático de nuestro Gobierno, plantean la exigencia del señor Subsecretario de Justicia y de un alto funcionario de Gendarmería de Chile, como consecuencia de su eventual responsabilidad en los hechos denunciados.

Al respecto, expresamos a Uds. las siguientes apreciaciones:

1. El Gobierno de Chile y el Ministerio de Justicia en particular, han mantenido una permanente línea de vanguardia en la promoción y defensa de los Derechos Humanos, significada en diversos sucesos de la contingencia nacional que obran en vuestro conocimiento.

En igual contexto, adquieren sentido la suscripción por parte del Estado Chileno de todos los Pactos Internacionales relevantes en materia de garantía a las personas, otorgando plenas facilidades a las Organizaciones Internacionales para que se interioricen adecuadamente de nuestra realidad.

2. En Chile no existen Presos Políticos. Es efectivo que existieron durante el Régimen Militar que gobernó Chile entre 1973 y 1989, todos los cuales fueron liberados al asumir las autoridades democráticas. Dichas personas se opusieron a las autoridades de la época, las cuales no brindaron conductos de expresión ni aceptaron la disidencia.

Al término del gobierno del Presidente Aylwin, las 460 personas privadas de libertad que existían al inicio del período, recuperaron su libertad.

3. Es sabido que con posterioridad al momento de asumir las nuevas autoridades, se organizaron otros grupos o personas aisladas, los que promovieron delitos graves contra autoridades del nuevo gobierno y la ciudadanía en general. Entre estos delitos figuran atentados contra la propiedad privada, lesiones e incluso homicidios.

propiedad privada, lesiones e incluso homicidios.

Es del caso indicar que, además, en su gran mayoría pertenecen a grupos no vinculados estrictamente a la disidencia contra el anterior régimen, sino que estructurados con base en objetivos de alteración del régimen democrático y sus autoridades con posterioridad a 1990, repudiando la manifestación de voluntad soberana expresada libremente en actos electorales.

4. Las personas detenidas por estos delitos graves, cuya justificación han amparado en motivaciones de orden político, han sido ubicadas en un recinto que permite garantizar su seguridad y la de la propia ciudadanía, la cual debe tener la certeza de que no será objeto de los graves atentados contra su vida, reiterados en forma declarativa por los líderes de estos grupos organizados.

El mencionado recinto, conocido públicamente como "Cárcel de Alta Seguridad" (CAS), cumple con garantizar el pleno acatamiento de los compromisos internacionales asumidos por Chile en lo que respecta al respeto de los derechos civiles de las personas, en particular, la disposición del artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

5. Respecto de los hechos ocurridos como consecuencia del traslado de los internos en la CAS en forma provisoria a otro Recinto Penal, durante el mes de febrero del presente año, la Corte Suprema de Justicia a través de una resolución unánime de su Tercera Sala señaló que Gendarmería de Chile tuvo una actuación atinada frente a la situación de amotinamiento que la provocó y con sujeción a las facultades que emanan del reglamento de Establecimientos Penitenciarios.

La indisciplina de los presos consistió en la introducción de un soplete al penal, destrucción de cerraduras y agresión al personal de gendarmería a cargo de su custodia.

6. En lo que dice relación con la denuncia de supuestos apremios ilegítimos y aplicación de fuerza desmedida, en su oportunidad revisaron a los internos profesionales de organismos competentes e independientes, como la jueza a cargo de la investigación, magistrada Olga Pérez, peritos del Servicio Médico Legal y el Fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Los dos últimos públicamente afirmaron que los reclusos estaban en buen estado de salud. Por su parte, el Fiscal de la Corte Suprema de Justicia expresó que no existieron rasgos de tortura o apremios ilegítimos, especificando que las lesiones que presentaban los trasladados eran leves y habían resultado como consecuencia de la resistencia opuesta por los internos a las medidas de seguridad.

7. En lo que respecta a la petición de renuncia de autoridades ministeriales y de Gendarmería, es atribución de S. E. El Presidente de la República evaluar el cometido de los funcionarios de su directa confianza, acción que estamos ciertos realiza en forma permanente.

8. Finalmente, reitero a Uds. las seguridades en orden a que el Gobierno permanentemente vela por el cumplimiento de todas las normas del ordenamiento interno, así como de las convicciones internacionales suscritas por Chile, que tienden a garantizar la integridad física y síquica de todos los habitantes de la República, así como de los demás derechos civiles inherentes a su condición de personas.

Valorando su interés por atender la vigencia de los Derechos Humanos en nuestro País, le saluda con atención

MARÍA SOLEDAD ALVEAR VALENZUELA
Ministra de Justicia.

From: Comité Internacionalista Arco Iris ale.ramon@numerica.it
Más información - Further information - Plus d'information