Política y Derechos Humanos en el Mundo
Politique et droits de la personne au monde
Politics and Human Rights in the World



Arabia Saudita/Saudi Arabia/Arabie Soudite
tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, 3 de Septiembre de 1988
 

La esposa del Sr. Ijaz Ahmad y sus tres pequeños hijos fueron liberados

Arabia Saudita. Seguimiento del Caso SAU 060598.1CC. Arabia Saudita. El Secretariado Internacional de la OMCT tiene el gusto de anunciarles que el 27 de julio de 1988, la esposa del Sr. Ijaz Ahmad y sus tres pequeños hijos fueron liberados y conducidos a Pakistán por las autoridades saudíes.

Breve recordatorio de hechos: El Secretariado Internacional había sido informado por fuentes fidedignas que en fecha de 8 de octubre de 1997, las autoridades saudíes irrumpieron en la casa de Farsana Kausar (33 años) y sus tres hijos, Mohammed Ijaz (9) Fakeyha Ijaz (7), mujer, y Mohammed Assad Ijaz (3). Fueron sacados de su casa y detenidos en un sitio desconocido de la Provincia Oriental.

Los niños permanecieron detenidos en una celda separada de la de su madre y parece ser que el menor se enfermó como consecuencia de la comida que le era suministrada y fue hospitalizado durante varios días. Su paradero era desconocido Además, se les había denegado el acceso al Cónsul de la Comisión Suprema de Pakistán, así como a abogados, doctores y amigos.

El Secretariado Internacional expresa su agradecimiento a todas aquéllas instituciones, organizaciones e individuos que intervinieron en su apoyo.

Gracias por su cooperación y apoyo.

E-mail: omct@omct.org
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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT
Ginebra - 6 de Mayo de 1998
 

Amenazas a tres niños pakistaníes y sus madres

Caso SAU 060598. Arabia Saudita. Informes de fuentes fiables motivan suma preocupación por parte del Secretariado Internacional en razón de amenazas a la integridad física y psicológica de tres niños pakistaníes y sus madres, actualmente detenidos en Arabia Saudita (véase también Caso SAU 060598 . CC) De acuerdo con la información recibida, el 8 de octubre de 1997, las autoridades saudíes entraron a la casa de Farsana Kausar (33) y sus tres hijos, Mohammed Ijaz (9), la niña Fakeyha Ijaz (7) y Mohammed Assad Ijaz (3). Fueron sacados de allí y detenidos con paradero desconocido en la Provincia Oriental.

Las autoridades saudíes, presuntamente la Dirección General de Investigaciones, habrían continuado interrogando a la madre, a pesar de que no había cargos en su contra. Los niños fueron colocados en celdas separadas de su madre y aparentemente el más joven enfermó a causa del alimento y estuvo hospitalizado durante varios días. A continuación, fueron devueltos a su casas donde quedaron bajo arresto domiciliario.

Transcurridos 10 días fueron trasladados a un centro de detención, por orden de la Dirección General de Investigaciones, donde todavía se encuentran. Su ubicación es desconocida. Más aún, se les ha negado acceder al Cónsul de la representación de Pakistán, abogados, médicos y amigos.

A la Sra Farsana Kausar se le permitió llamar a su marido bajo la supervisión de la Dirección General. La detención aparentemente arbitraria y la denegación de representación médica y legal motivan grave preocupación por la integridad física y psicológica de los menores y su madre.

Se presume que la detención es un intento, por parte de las autoridades, de forzar al padre de la familia, Ahmed Mohammed Ajaz, a volver a Arabia Saudita, dado que al momento de la detención se encontraba visitando a su familia en Pakistán. Las autoridades han relacionado a Ahmed Mohammed Ajaz con las malversaciones financieras de su empleador, que estaba estrechamente relacionado con la familia gobernante. En esta línea, se cree que su empleador ha escapado de las autoridades y actualmente vive en Pakistán.

Ahmed Mohammed Ajaz ha realizado repetidos e infructuosos intentos por clarificar los aspectos de la detención de su familia.

E-mail: omct@omct.org
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Argelia/Algeria/Algérie

tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 12 de Febrero de 1998
 

Liberación de Karim Khelili, hijo del abogado Mahmoud Khelili

Nuevas informaciones DZA 001 / 9802 / OBS 008.01. Argelia, 12 de febrero de 1998. El Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, un programa de la FIDH y la OMCT, ha sido informado de la liberación de Karim Khelili, hijo del abogado Mahmoud Khelili, Presidente de la Unión Nacional de Abogados Argelinos (Independiente), y conocido e internacionalmente respetado defensor de los derechos humanos.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos fue informado de la detención en Argel, alrededor de las 21 horas del 4 de febrero de 1998, de los hijos Karim y Farid del abogado Mahmoud Khelili. Miembros del servicio de seguridad golpearon a Karim Khelili, de 35 años, un discapacitado psíquico. Amenazaron e insultaron a los miembros de la familia que estaban presentes durante el hecho, registraron la casa, y se llevaron a Karim y a Farid Khelili. El sr. Farid Khelili fue liberado alrededor de la medianoche después de haber sido amenazado con ser torturado. Karim Khelili fue retenido en sitio desconocido. El Observatorio expresó su creencia de que las acciones fueron llevadas a cabo con un sólo objetivo: hostigar, amenazar y presionar a Mahmoud Khelili por su trabajo en defensa de los derechos humanos.

Nueva información: El Observatorio ha sido informado de la liberación, el sábado 7 de febrero de 1998 a las 17 :30 horas, de Karim Khelili. Las autoridades niegan que haya estado detenido a pesar de que se ha probado que estuvo retenido en el Comisariado des cinq maisons, en el sur de Argel. Karim Khelili no fue maltratado durante su detención, pero él y miembros de su familia siguen en estado de shock.

El Observatorio se felicita por su liberación y quiere extender su agradecimiento a los grupos, individuos e instituciones por el enorme esfuerzo realizado en este sentido.

E-mail: omct@omct.org
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Argentina/Argentina/Argentine

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 20 de Octubre de 1998
 

Atentado contra Mariana Hernández Larguia

ARG 003 / 9810 / OBS 073. Argentina, 20 de octubre de 1998. El Observatorio ha sido informado del estallido de una bomba el día 8 de octubre, a las 01: 25 horas, junto a la residencia de la activista de derechos humanos Mariana Hernández Larguia, integrante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, en la ciudad de Rosario.

Según los informes recibidos, al parecer el atentado estaba dirigido contra la Sra. Hernández Larguia quien se encontraba en su residencia cuando la bomba estallo. Felizmente no hubo ningún herido, pero el atentado causó daños importantes al portón de la residencia y las residencias vecinas. El atentado fue cometido justo el día aniversario de un robo de expedientes judiciales, ocurrido hace 14 años, sobre la represión durante la dictadura militar.

Precisamente el mismo día 8 de octubre se desarrolló una manifestación frente a los Tribunales de la ciudad de Rosario, en la que participó la Sra. Hernández Larguia, para pedir el esclarecimiento del referido " robo de expedientes ".

Se afirma que durante esa manifestación miembros de la policía filmaron y fotografiaron a los participantes.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT - FIDH
Ginebra, 7 de Julio de 1998
 

Amenazas contra el abogado Dr. Sergio Smietniansky

ARG 002 / 9807 / OBS 045. Argentina, 8 de julio de 1998. El Observatorio ha recibido informes de la Asociación Derechos Human Rights referentes a la existencia de graves amenazas contra el Dr. Sergio Smietniansky, abogado y miembro de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional (CORREPI).

Según las informaciones, el 3 de julio una persona no identificada llamó telefónicamente a la oficina del Dr. Sergio Smietniansky, procediendo a dejar un mensaje grabado con expresiones, entre otras, como: vas a escupir sangre, judío, ... te vamos a esperar a la salida del estudio y ahí vamos a ver si te seguis haciendo el loco.

Pocas horas antes de recibir esta amenaza el Dr. Smietniansky había estado ayudando a familias pobres, quienes estaban siendo brutalmente expulsadas de sus hogares en el barrio de Flores, provincia de Buenos Aires. El Dr. Smietniansky representa a víctimas de represión policial, especialmente de homicidios resultados del gatillo fácil de la policía.

Actualmente también está trabajando, junto a otros abogados de la CORREPI, en el caso de la masacre de Ingeniero Budge ocurrida en 1987. Caso por el cual tres (3) agentes de policía fueron sentenciados a 11 años de cárcel, por el homicidio de tres personas, pero permanecen libres luego de haberse fugado. La CORREPI ha estado presionando a las autoridades estatales a fin de que investiguen las circunstancias de la fuga y para que los tres agentes sean arrestados y encarcelados.

El Observatorio subraya su preocupación ante tales amenazas que ponen en grave peligro la seguridad y libertad del Abogado Sergio Smietniansky, así como de los restantes miembros de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional.

Acciones solicitadas Dirigirse a las autoridades de Argentina urgiéndolas a: i. - adoptar las medidas apropiadas para salvaguardar la seguridad y libertad del Abogado Sergio Smietniansky, así como de los demás miembros de la Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional; Ginebra - París, 8 de julio de 1998 Caso SDN 070798 El Secretariado Internacional de la OMCT solicita su intervención URGENTE en la siguiente situación que tiene lugar en Sudán.

Breve descripción de la situación: El Secretariado Internacional acaba de ser informado por el Grupo de Víctimas Sudanesas de la Tortura (SVTG), miembro de la OMCT, de la presunta detención arbitraria de 33 personas, la mayoría de las cuales son dirigentes políticos y sindicalistas.

Según la información recibida, el 30 de junio de 1988, a las 10 horas, las fuerzas de seguridad de Kartum ordenaron el arresto de 33 personas. Los detenidos fueron retenidos hasta las 2 de la madrugada siguiente, y se les dijo que debían regresar esa mañana a las 8 :00. Su detención coincide con el 9° aniversario del golpe de Estado del régimen en el poder.

El SVTG ha podido confirmar y verificar la identidad de los siguientes detenidos: Sr. Alhaj Nugd Allah, ex - ministro del gabinete (1986 - 1989); Sr. Sidahmed Al Hussien, ex - Primer Ministro suplente, dirigente del Partido Unionista Democrático; Dr. Nageb Nageldin, ex - secretario general de los sindicatos de Sudán; Sr. Adam Musa Madibo, ex - Ministro de Energía y Minería (86 - 89); Sr. Ali Hassan Taj Al Din, ex - miembro del Consejo del Jefe del Estado; Sr. Fadallah Burma Nassir, ex - Ministro de Defensa; Sr. Abd Al Mahmoud Al Haj Salih, ex - Ministro de Justicia y Fiscal General; S. Faroug Ismaiel, ex - Gobernador de la región central; Sr. Al Fadel Adam, Sr. Suilman Al Khidir, empresarios; Sr. Abd Al Nagi Ali Ahmed, ex - Gobernador de Darfur; Sr. Hamed Alnil Dafaallah, docente de la Universidad de Quran; y el Sr. Rudwan, ingeniero.

Según la información recibida, el 6 de julio de 1998 los Sres. Suliman Al Khidir y Al Haj Nugd Allah continuaban detenidos y aún estaban siendo interrogados.

La declaración del 5 de julio del presidente de Sudán, en la que afirmaba que las personas involucradas en esta conspiración se enfrentarían a la pena de muerte, motiva grave preocupación acerca de la seguridad y la libertad de las personas antes mencionadas, quienes pueden estar en grave peligro.

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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 17 de Marzo de 1998
 

Hostigamiento en contra de la Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos

ARG 001/ 9803/ OBS 016. Argentina. El Observatorio ha recibido informes referentes a graves incidentes en perjuicio de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos por razones políticas en Argentina, con sede en Buenos Aires.

Según informaciones comunicadas por Equipo Nizkor, tanto Serpaj - Argentina, como la Sección Argentina de Amnistía Internacional y la propia Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos, han indicado que las oficinas de la citada organización fueron asaltadas durante el fin de semana del 7 - 8 de marzo.

Este es el octavo asalto contra la Asociación. En esta oportunidad fue robada la documentación existente, entre la que se encontraba los archivos relacionados con la causa del III Cuerpo de Ejercito (Córdoba). Entre el material robado se encuentra los ordenadores que la Asociación había adquirido la última semana para reponer los robados a fines del mes de agosto de 1997.

La Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos es depositaria de información que se ha ido reconstruyendo desde hace más de 21 años y trabaja coordinadamente con la Liga Italiana por el Derecho y la Liberación de los Pueblos (LIDLIP) en el juicio contra los militares argentinos en Italia. El mismo trabajo de coordinación realiza con Equipo Nizkor y otras organizaciones que han promovido el juicio en España.

Este asalto ocurre en un local situado frente al edificio de la Cámara de Diputados, que dispone de un importante sistema de seguridad, incluyendo una comisaría de policía.

Dado el trabajo que realiza la Asociación, incluyendo en el marco de los juicios contra militares argentinos que se realizan en España, Italia y próximamente en Alemania, existe la convicción de que los "supuestos robos" sean responsabilidad de agentes de los diversos servicios de inteligencia (incluyendo el Batallón de Inteligencia 601 y del Servicio de Inteligencia Naval), con el propósito de conocer la información disponible sobre los archivos del terror y los elementos probatorios en relación al juicio que habría de celebrarse en Alemania.

Los informes recuerdan que hace quince días el Presidente de Argentina nombró un equipo de ministros que debían proceder a poner fin al juicio en España.

El Observatorio comparte la preocupación expresada por el Equipo Nizkor y las demás organizaciones, en la convicción de que los actos ejercidos contra la Asociación, y los que pudieren cometerse contra otras organizaciones, sólo buscan impedir su colaboración y el aporte de pruebas en los juicios contra militares argentinos.

El Observatorio considera que existen razones para considerar la probable responsabilidad de agentes estatales, toda vez que los asaltos en perjuicio de la Asociación, habida cuenta de la ubicación de su sede, aparentemente no podrían cometerse sin la neutralización de la vigilancia electrónica y de los agentes de la comisaría de policía de la Cámara de Diputados.

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Azerbaidján/Azerbaijan/Azerbaïdjan

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Diciembre 1 de 1998
 

Preocupación por los ataques constantes contra miembros de la prensa

Azerbaidján. Caso AZE 011298. Azerbaidján. El Secretariado Internacional ha sido informado sobre la preocupación que generan los ataques constantes contra miembros de la prensa en Azerbaidján.

De acuerdo a la información recibida el 25 de noviembre de 1998, el Sr. Asif Marzili del diario Tazadlar, el Sr. Nizami Mokhammedali del diario Radical y el Sr. Anar Alipolad Oglu del diario Mustagil fueron atacados y golpeados por la Policía en momentos en que cubrían una demostración en frente del Palacio Presidencial en Bakú.

El Secretariado Internacional expresa su preocupación por los sucesivos ataques contra periodistas llevados a cabo por la Policía en Bakú. El 16 de noviembre de 1998, la Policía disperso violentamente a grupo de periodistas en frente de la Corte Suprema en Bakú (Ver llamado Caso AZE 171198).

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, 16 de Noviembre de 1998
 

Cuatro mujeres periodistas golpeadas en Bakú

Azerbaidján. Caso AZE 171198. Azerbaidján. De acuerdo a información confiable, el 16 de noviembre de 1998, cuatro mujeres periodistas fueron golpeadas en Bakú.

De acuerdo a la información, la Policía disperso violentamente a un grupo de periodistas que se encontraba en frente de la Suprema Corte en Bakú. Las senoras Smira Mamigdze, Ilhame Mamigdze, Zamina Alliguze y Ainur (alias) resultaron heridas durante los encuentros por la misma policía.

De acuerdo a Reporters sans Frontières, las periodistas estaban protestando contra una demanda interpuesta por el Director de la administración de la Presidencia, Ramiz Mekhtiyev, contra el periódico Yeni Musavat.

El Secretariado Internacional expresa su grave preocupación por estos hechos llevados a cabo por miembros de la Policía contra cuatro mujeres que estaban ejerciendo su derecho a la libre expresión.

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Bahrein/Bahrain/Bahreïn

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Diciembre 14 de 1998
 

Preocupación por la seguridad 93 menores y otros 209 adultos arrestados

Casos BHR 141298 y BHR 141298.CC. Bahrein. El Secretariado Internacional acaba de ser informado por la Organización de Derechos Humanos de Bahrein (BHRO), miembro de la red de la OMCT, de su preocupación por la integridad física y psicológica de por lo menos 93 menores y otros 209 personas que han sido arrestadas en varias olas de arrestos durante los últimos cinco meses. La lista completa de detenidos esta disponible en el Secretariado Internacional.

Según la BHRO, la mayoría de los detenidos fueron arrestados durante reuniones en la calle o dentro de sus casas y fueron llevados con violencia por las fuerzas de seguridad especiales, las cuales causaron daños a la propiedad y generaron un clima de miedo entre los otros residentes.

Además el informe sostiene que entre el 2 y el 5 de Noviembre 1998, las fuerzas de seguridad atacaron el pueblo de Daih, arrestando personas y destruyendo casas y objetos.

De acuerdo a la información, lo métodos de detención incluyen la detención de dos o mas miembros de la misma familia o el arresto de una persona para obligar a otros miembros de su familia a entregarse. Por ejemplo, la Sra. Layla Mahdi Al Bazzaz, de 20 años, de Daih, fue supuestamente llevada como rehén por las fuerzas de seguridad que estaban buscando a su padre, el Sr. Mahdi Al - Bazzaz.

La situación de derechos humanos en Bahrein ha permanecido extremadamente grave desde el inicio de las protestas en Diciembre de 1994, solicitando la restauración de los derechos democráticos.

Estas personas fueron detenidas bajo la Ley de Seguridad Nacional de 1974. El articulo 1 dispone que la detención administrativa puede durar hasta tres años sin que medien juicio o cargos. Las medidas de seguridad violan varias provisiones del derecho internacional de derechos humanos que son de obligatorio cumplimiento dado su carácter de consuetudinarias. En particular, los artículos 7, 9 y 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

De varias miles de personas detenidas en conexión con los disturbios ocurridos desde diciembre de 1994, solo unos cuantos cientos han sido llevadas a juicio. Fueron juzgadas en un Tribunal de Seguridad Estatal que lleva las sesiones a puerta cerrada sin ningún respeto por las garantías judiciales básicas. Las confesiones realizadas bajo la tortura son admitidas como evidencia.

El BHRO además informa que entre el 17 de Octubre 1998 y el 2 de Noviembre 1998, un cierto número de detenidos hicieron una huelga de hambre en la prisión de Dry - dock (Houdh - el - Jaf). Protestaban contra los tratamientos inhumanos en las secciones A, C, D y F de la prisión. El 18 y el 19 de Octubre, el número de prisioneros que estaban en huelga de hambre se triplicó. Las autoridades de la prisión, incluyendo el oficial Muhana Al Nuaimi y Waleed Al Duwaisan supuestamente amenazaron y pegaron los detenidos para disuadir y reprimir la huelga. Según la BHRO, muchos de los protestantes fueron castigados con largos periodos de confinamiento en solitario. En la prisión de Dry - dock (Houdh - el - Jaf) hay alrededor de 600 detenidos. Algunos de ellos han estado en detención durante más de dos años sin haber sido juzgados.

Así como otros numerosos llamados sobre Bahrein, los detenidos permanecen incomunicados, condición que facilita el uso de la tortura. En consecuencia, existe grave preocupación por la integridad física y psicológica de las personas arriba mencionadas.

E-mail: omct@omct.org
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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, 18 de Noviembre de 1998
 

Presunta detención arbitrara y tortura de un grupo de ciudadanos

Caso BHR 181198. Bahrein. El Secretariado Internacional acaba de ser informado por Bahrein Human Rights Organisation (BHRO), organización miembro de la OMCT, de la al parecer detención arbitrara de un grupo de ciudadanos en Bahrein. Algunos de ellos han sido torturados en algunos centros de detención.

De acuerdo a BHRO, el Sr. Abbas Abd Ali Yousif, de edad 22, y el Sr. Musa Ali Yousif, de edad 29, ambos de Qadam, fueron arrestados en octubre 1998 y torturados en el centro de detención Al Budaya, donde han permanecido desde su detención. Aun mas, OMCT fue informada de las torturas infligidas al Sr. Zuhair Nooh Al Saeed, de Ma'amir (Sitra), de edad 22, detenido el 2 de octubre de 1998.

De acuerdo a la información, el 17 de octubre de 1998, en un allanamiento sin previa orden judicial a la casa del Sr. Hassam Salman Al Qafas, de edad 21 y de Sanabis, este ultimo fue arrestado. Aun mas, en otro allanamiento realizado en las mismas condiciones, los Srs. Hussain Khalil Al Mulani, de edad 22, y Mahmood Hassan Al Farsani, de edad 19, fueron arrestados el 9 de octubre de 1998. En octubre 4 de 1998, el Sr. Seyed Sadiq Seyed Ahmed, el Sr. Seyed Jameel Seyed Abbas, y el Sr. Ali Abdulla Hussain, todos de 20 años de edad, fueron arrestados en Ma'amir (Sitra). El Secretariado Internacional no posee información sobre el sitio de detención de esas seis personas.

La situación de derechos humanos en Bahrein ha permanecido extremadamente grave desde el inicio de las protestas en Diciembre de 1994 solicitando la restauración de los derechos democráticos.

Estas personas fueron detenidas bajo la Ley de Seguridad Nacional de 1974. El articulo 1 dispone que la detención administrativa puede durar hasta tres años sin que medien juicio o cargos. Las medidas de seguridad violan varias provisiones del derecho internacional de derechos humanos que son de obligatorio cumplimiento dado su carácter de consuetudinarias. En particular, los artículos 7, 9 y 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

De varias miles de personas detenidas en conexión con los disturbios ocurridos desde diciembre de 1994, solo unas cuantos cientos han sido llevadas a juicio. Fueron juzgadas en un Tribunal de Seguridad Estatal que realiza las sesiones a puerta cerrada, sin ningún respeto por las garantías judiciales básicas. Las confesiones realizadas bajo tortura son admitidas como evidencia.

Así como ha sido descrito en numerosos llamados urgentes sobre Bahrein, los detenidos permanecen incomunicados, condición que facilita el uso de la tortura. En consecuencia, existe grave preocupación por la integridad física y psicológica de las personas arriba mencionadas.

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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT
Ginebra, 4 de Marzo, 1998
 

Garantías Abdul Hussain Ahmed Kadhem y de sus hijos Osama y Amar

Caso BHR 040398. Bahrein. La Organización de Derechos Humanos de Bahrein, miembro de la red, ha manifestado su preocupación por el respeto de la integridad física y psicológica del Sr. Abdul Hussain Ahmed Kadhem (42 años) y de sus tres hijos: Osama (19 años) y Amar (18 años) [lo mismo que Yaser (17 años), ver Caso BHR 040398. CC Derechos del Niño].

Según se desprende de los informes recibidos, el Sr. Abdul Hussain Ahmed Kadhem, ingeniero, fue arrestado el 20 de enero de 1996. Se cree que la razón de su arresto está relacionada con las manifestaciones de diciembre de 1994 y la distribución de panfletos pidiendo la restauración de la Asamblea Nacional junto con la liberación de los prisioneros políticos.

En 1978, el Sr. Abdul Hussain Ahmed Kadhem ya había sido acusado de pertenencia a una organización ilegal y sentenciado a 7 años de prisión. Durante su detención fue sometido a tortura y tratos inhumanos. El Sr. Abdul Hussain Ahmed Kadhem, quien padece todavía una enfermedad renal, permanece detenido en la actualidad sin mediar cargo alguno.

Según los informes, su hijo Osama fue arrestado el 5 de mayo de 1995 y detenido sin cargos durante 7 meses. Tras su liberación fue expulsado de la Escuela. El 3 de febrero 1996 fue arrestado nuevamente y permaneció detenido durante 1 año, a pesar de durante el juicio fue declarado inocente. Después de su liberación, a Osama se le sigue vedando la posibilidad de acudir a la Escuela o de obtener permiso para trabajar.

Su segundo hijo, Amar, fue arrestado el 25 de julio de 1995 y acusado de participar en protestas. Se le condenó a 2 años de prisión. Amar permaneció los 6 primeros meses en confinamiento solitario. Después de una extensión de su detención por 3 meses fue liberado, recientemente, aunque sujeto interrogatorios de los Servicios de Seguridad e Inteligencia (SIS).

En decisión adoptada en 1995 (No. 35/1995 - Bahrein), el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas señaló que la Ley de Seguridad Estatal no establece distinción alguna, en sus provisiones, entre, de una parte, aquellas personas que son procesadas por su implicación en actividades pacifistas o actividades desarrolladas en nombre de la libertad de expresión, la libertad de reunión y asociación y la libertad de participar en el gobierno del propio país, y, de otra parte, las personas procesadas por la comisión de actos constitutivos de abuso indebido en el ejercicio de los derechos más arriba mencionados.

E-mail: omct@omct.org
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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT
Ginebra, 29 de Enero de 1998
 

22 niños y niñas arrestados por las fuerzas de seguridad

Bahrein. BHR 290198.CC. Bahrein. La Organización de Derechos Humanos de Bahrein (BHRO), miembro de la red, ha manifestado su preocupación respecto de la amenaza que pesa sobre la integridad física y psicológica de al menos 22 menores como consecuencia de una nueva ola de arrestos.

Durante el mes pasado, al menos 22 menores fueron arrestados por las fuerzas de seguridad y permanecen detenidos e incomunicados, la mayoría de ellos sin cargos válidos (el Secretariado Internacional dispone de una lista de los menores detenidos.) En el mismo período y en similares condiciones también fueron detenidos 119 adultos (véase el caso BHR 190198).

De acuerdo con la información recibida, algunos de los arrestos tuvieron lugar durante manifestaciones o concentraciones callejeras, realizados por fuerzas de seguridad integradas principalmente por miembros de otros países. Los arrestos se llevaron a cabo con incursiones en las casas o después de medianoche. La mayoría de los detenidos fueron severamente golpeados durante el arresto: recibieron puñetazos, patadas y culatazos mientras se los transportaba vendados y con las manos atadas. Muchas de las casas fueron saqueadas por las fuerzas de seguridad, que dañaron su contenido e insultaron o golpearon a los vecinos que dieron muestras de descontento. Incluso se tomó a la gente como rehenes hasta que las personas buscadas se rindieran.

El propósito aparente de estos arrestos es desanimar las actividades contra el régimen, como la participación en manifestaciones o concentraciones, las pintadas, la quema de neumáticos y la distribución de panfletos.

En su resolución adoptada el 18 de agosto de 1997, la Subcomisión de la ONU para la prevención de la discriminación y la protección de las minorías destacó el gran deterioro del respeto a los derechos humanos en Bahrein, incluida la discriminación contra la población Shi'a, las ejecuciones extrajudiciales, la utilización continuada de la tortura en las prisiones, los abusos perpetrados contra las mujeres y niños detenidos y la detención arbitraria sin la posibilidad de disponer de asistencia legal.

Dadas las circunstancias de los arrestos y el elevado número de violaciones de derechos humanos en Bahrein, la seguridad de los menores detenidos se considera gravemente amenazada. De otra parte, puesto que la mayoría de detenidos aún no han sido llevadas a juicio la OMCT duda que se asegure un juicio justo.

E-mail: omct@omct.org
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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT
Ginebra, 21 de Enero de 1998
 

Detención de 119 manifestantes en apoyo a la democracia

Caso BHR 210198. Bahrein. La Organización de Derechos Humanos de Bahrein (BHRO), miembro de la red, ha manifestado su preocupación por la integridad psicológica y física de aproximadamente 119 personas adultas, detenidas durante una ola de arrestos en Bahrein a raíz de manifestaciones en apoyo a la democracia.

Según los informes esas personas fueron arrestadas en el curso de los últimos dos meses y permanecen detenidas, la mayoría incomunicadas, sin que al parecer se hayan formulado cargos en su contra (el Secretariado Internacional dispone de una lista de las personas detenidas.). Muchas de las personas detenidas fueron arrestadas por las fuerzas de seguridad durante las concentraciones o manifestaciones callejeras, aunque también se alega que las fuerzas de seguridad entraron a las aldeas y vecindarios en persecución de los manifestantes, procediendo a realizar arrestos individuales o masivos.

La información sugiere que durante los arrestos la mayoría de los detenidos fueron severamente golpeados con puñetazos, puntapiés y golpes de culatas, mientras se los llevaban esposados y con los ojos vendados. En la mayoría de los casos las fuerzas de seguridad saquearon las casas, destruyeron su contenido e insultaron a los arrestados. También se ha declarado que las fuerzas de seguridad tomaron como rehenes a todo residente que diera muestras de descontento.

La causa de estos arrestos se interpreta como una medida disuasoria de las actividades contra el régimen, como la participación en manifestaciones o concentraciones, la realización de graffitis, quema de neumáticos y la distribución de panfletos.

En su resolución adoptada el 18 de agosto de 1997, la Subcomisión de la ONU para la prevención de la discriminación y la protección de las minorías destacó el gran deterioro del respeto a los derechos humanos en Bahrein, incluida la discriminación contra la población Shi'a, las ejecuciones extrajudiciales, la utilización continuada de la tortura en las prisiones, los abusos perpetrados contra las mujeres y niños detenidos y la detención arbitraria sin la posibilidad de disponer de asistencia legal.

Dadas las circunstancias de los arrestos y el gran número de violaciones de derechos humanos en Bahrein, la seguridad de las personas detenidas se considera amenazada. De otra parte, puesto que la mayoría de detenidos aún no han sido llevadas a juicio la OMCT duda que se asegure un juicio justo.

E-mail: omct@omct.org
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Bangaladesh/Bangladeshs/Bangladesh

tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT
Ginebra - París, 24 de Marzo de 1998
 

Arrestos y hostigamiento de indígenas de Chittagong Hill

BGD 001/ 9803/ OBS 019. Bangladesh, 24 de marzo de 1998. El Observatorio ha recibido información relativa a graves violaciones contra defensores de los derechos humanos y violaciones continuadas de los derechos humanos de poblaciones indígenas en la región de Chittagong Hill de Bangladesh, un territorio en disputa disputado en Bangladesh al que se han incorporado muchos colonos dentro de zonas que previamente eran tierras de pueblos autóctonos.

De acuerdo con la información recibida, el 9 de marzo de 1998, el Sr. Sanchay Chakma, ex - presidente de Consejo de Estudiantes de Hill y el Sr. Dhruvajyoti Chakma, miembro del Consejo en Khagrachari, fueron arrestados por miembros de la policía de Bangladesh, durante un encuentro de dicha organización. El Mr Sanchay Chakma asiste regularmente al Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Poblaciones Indígenas y es un reputado defensor de los derechos humanos.

El Consejo de Estudiantes de Hill actúa en defensa de los derechos humanos de los pueblos autóctonos de Chittagong Hill. Aparentemente fueron arrestados bajo acusaciones formuladas por el gobierno del Partido Nacional de Bangladesh en 1993. Hasta la actualidad, se les había negado acceso a sus abogados y dadas las circunstancias de su arresto se teme por su integridad física y psicológica.

Estos arrestos han ocurrido poco después de la detención de otros miembros del Consejo de Poblaciones de Hills. Mr Sachib Chakma, líder del Consejo de Poblaciones de Hills, fue arrestado el 11 de febrero de 1998 en Naniachar Bazar, junto con dos colegas, Mr Jyotimoy Chakma y Mr Tapan Jyoti Chakma. Su arresto se produjo pretextando su involucramiento en los incidentes conocidos como los distrubios de Naniachar, del 17 de noviembre de 1993. Todos ellos permanecen detenidos y se teme por su integridad física y psicológica.

Se alega que durante los disturbios de Nanianchar 40 personas originarias Chittagong Hill fueron asesinadas por los colonos y el ejército de Bangladesh. El informe de la Comisión de Investigación Judicial del Gobierno que estudiaba los asesinatos de Naniachar fue entregado el 26 de mayo de 1994, pero el Gobierno no lo ha publicado hasta ahora.

Estos actos hacen parte de una situación general inquietante, caracterizada por la práctica de múltiples violaciones. El 15 de febrero, las oficinas del Consejo de Poblaciones de Hill, el Consejo de Estudiantes de Hill y la Federación de Mujeres de Hill, situadas en el 470 de Jagannath Hall, Dhaka University, fueron allanadas y registradas las autoridades sin orden judicial. A pesar de la firma de un acuerdo de paz el 2 de diciembre de 1997, que aparentemente resolvía el estatus de la región de Chittagong Hill, los continuos arrestos y detenciones de personas orginarias de la región por parte de las fuerzas de seguridad de Bangladesh, es causa de permanente preocupación respecto de las violaciones de los derechos humanos en Chittagong Hill.

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Brasil/Brazil/Brésil

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, 9 de Diciembre de 1998
 
 

Masacre en la "favela" del suburbio de Vigário Geral, en Río de Janeiro

Seguimiento Caso BRA 310893 y Caso BRA 310893.1. Brasil. El 31 de agosto de 1993, el Secretariado Internacional fue informado por Tortura Nunca Mais y Antenna International, organizaciones ambas miembros de la Red de la OMCT, de una masacre en Río de Janeiro.

De acuerdo a la información recibida, durante la noche del 29 al 30 de agosto de 1993, un grupo de cerca de treinta hombres enmascarados atacaron una "favela" en el suburbio de Vigário Geral, en Río de Janeiro.

Los atacantes abrieron fuego de manera indiscriminada contra los habitantes de la "favela" y prendieron fuego a las casas. Fuentes locales informaron que el ataque había ocurrido como venganza de parte de la Policía militar al asesinato de cuatro oficiales de la policía, ocurrido previamente. Dicho asesinato habría supuestamente sido ejecutado por un grupo de traficantes de droga que controlaban la "favela" (Ver Caso BRA 310893).

El 18 de octubre de 1993, el Secretariado Internacional recibió nueva información relativa a la masacre. La Misión Permanente de Brasil ante Naciones Unidas emitió un comunicado informando que 21 personas habían sido asesinadas y que la masacre había sido llevada a cabo por 33 personas, 28 de las cuales eran miembros de la Policía militar, 3 eran de la Policía civil y 2 pertenecían al Departamento Estatal de Seguridad Publica (Ver Caso BRA 310893.1).

De acuerdo al comunicado, el 22 de septiembre de 1993, la Jueza del Juzgado 4 de Río de Janeiro, Elizabeth Gregory, ordeno la detención preventiva de 33 sospechosos. Hasta la fecha del comunicado, 28 policías militares se encontraban en detención preventiva, mientras que los 5 sospechosos restantes eran buscados por la Policía Civil.

Nueva información

El Secretariado Internacional acaba de ser informado por una fuente confiable de reiteradas amenazas contra la vida e integridad personal de Vera Lucia dos Santos, Jadir Ignácio, Waldir Baense y Syovál Silva Sena, todos ellos testigos o familiares de las víctimas de la masacre.

De acuerdo a la información recibida, con posterioridad a la declaración de inocencia el 28 de noviembre de 1998 de 10 policías exmilitares acusados de haber participado en los asesinatos, testigos y familiares de las víctimas de la masacre de 1993 "Vigário Geral" han recibido numerosas amenazas de muerte

Hasta el 4 de diciembre de 1998, los residentes de la "favela" han recibido repetidos mensajes en el teléfono comunal amenazando a cuatro personas:

1. Vera Lúcia dos Santos: miembro sobreviviente de una familia de 8 personas que fue asesinada en la masacre;
2. Jadir Ignácio: fue herido y abandonado por los asesinos, pensando que estaba muerto;
3. Waldir Baense: testigo;
4. Syovál Silva Sena: propietario de un bar.

Los que llaman han amenazado con cortar la cabeza de Vera Lúcia dos Santo y meter en un hoyo a Jadir Ignácio. Los residentes de la "favela" se encuentran en permanente estado de miedo.

Observaciones

Aunque inicialmente se dictaron cargos contra 33 policías, se inicio un segundo proceso luego que cierto numero de policías informo que había grabado una cinta con conversaciones entre los policías que estaban en detención, en las que supuestamente exculpaban a algunos de los detenidos e inculpaban a otros que estaban en libertad. En consecuencia, 17 policías fueron liberados y 14 adicionales fueron acusados en el segundo proceso conocido como Vigário 2.

Testimonios dados por un antiguo Policía ha llamado la atención publica sobre alegatos según los cuales existen policías involucrados en trafico de drogas y escuadrones de la muerte.

En Octubre de 1996, los cuerpos de las víctimas fueron trasladados después de que expirara el termino de tres años de arriendo de las tumbas. Inmediatamente después de la masacre, el gobierno del Estado de Río de Janeiro había ofrecido pagar el entierro de las víctimas pero finalmente decidió alquilar las tumbas. Cuando los primeros cuerpos fueron removidos, se encontraron balas en uno de los ataúdes que revelaban que no todas las balas habían sido sometidas a examen de balística.

Nuevos exámenes de un total de 14 "nuevas" balas encontradas indicaron que una de las balas provenía del arma de uno de los policías liberados.

De acuerdo a la información, abogados, testigos y fiscales involucrados en el caso han recibido repetidas amenazas. Aun mas, el Sr. Caio Ferraz, un sociólogo que había fundado un centro comunitario en la "favela" en 1994 llamado "Casa da Paz" fue obligado, junto con su familia, a salir del país en diciembre de 1995, después de haber recibido numerosas amenazas de muerte.

Cinco años y mas después de ocurrida la masacre, 47 personas han sido acusadas de haber participado en la masacre, dos han sido condenadas pero podrían ser llevadas a un nuevo juicio después de una sentencia de la Corte Suprema en Octubre de 1998, 10 expolicías han sido declarados inocentes y 42 todavía esperan juicio. Ninguno de los familiares de las víctimas ha recibido algún tipo de reparación.

El Secretariado Internacional teme por la integridad física y las vidas de las personas arriba mencionadas y de todos los residentes de la "favela".

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Diciembre 1, 1998
 

Preocupación por tres trabajadores rurales detenidos arbitrariamente

Caso BRA 011298. Brasil. El Movimiento dos Trabalhadores Rurais Sem Terra - MST - organización miembro de la red de la OMCT ha expresado su preocupación por tres trabajadores rurales, los Sres. Jairo Antonio De Sousa, Pedro de Sousa Neto y Raimundo Marques De Freitas, quienes están detenidos actualmente en Brasil.

De acuerdo a la información, 42 familias de trabajadores sin tierra estaban ocupando una hacienda en Barra das Moitas, en la municipalidad de Amontada, Estado de Ceará.

A pesar de la existencia de un acuerdo oficial entre el gobierno y los trabajadores rurales en cuanto a la expropiación de dichas tierras en favor de los trabajadores quien entonces serian los nuevos propietarios, la prefectura de Amontada le dio el área a un empresario para construir un hotel. En la mañana del 6 de septiembre de 1998, un pistolero llamado Hélio junto con otros tres pistoleros entraron en el área y procedieron a destruir equipos de pesca y herramientas de trabajo de los poseedores.

Después de este ataque, tres campesinos dispararon. Como consecuencia de estos hechos, Hélio fue herido y murió posteriormente.

El 7 de septiembre de 1998, el Sr. Jairo Antonio De Sousa, el Sr. Pedro de Sousa Neto y el Sr. Raimundo Marques De Freitas, fueron arrestados y desde entonces se encuentran detenidos. Sus abogados interpusieron el recurso de Habeas Corpus, el cual ha sido ignorado por las autoridades.

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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 9 de Abril de 1998
 

Homicidios de Onalício Araujo Barros y Valentin Serra

BRA 002 / 9804 / OBS 023 Brasil, 9 de abril de 1998. Observatorio ha sido informado del homicidio de los Sres. Onalício Araujo Barros (Fusquinha) y Valentín Serra (Doutor), dirigentes del Movimento dos Trabalhadores Rurais Sem Terra (MST), organización que desde hace varios años promueve y defiende los derechos de campesinos sin tierra en Brasil.

Según los informes del Movimento dos Trabalhadores Rurais Sem Terra (integrante de la red de la OMCT), el 26 de marzo 1998, en el municipio de Parauapebas, estado de Pará, los Sres. Onalício Araujo Barros y Valentín Serra fueron ejecutados por dos "fazendeiros" identificados como Donizete y Carlos Antonio da Costa, cuando ambas víctimas negociaban la instalación temporal de un grupo de aproximadamente 500 familias en Vila Cedere 1, del Proyecto de Asentamiento Carajás III, en Pará.

Las familias aludidas recién habían abandonado la "fazenda Goiás II", situada en el Proyecto de Asentamiento Carajás III, que habían ocupado el día 14 de marzo y cuya propiedad reivindica Carlos Antonio da Costa . El 26 de marzo, previo acuerdo con autoridades judiciales las familias desocuparon el sitio y salieron acompañadas de agentes de la Policía Militar, siendo seguidas por un grupo de "pistoleiros" y terratenientes (fazendeiros) locales, entre ellos los citados Donizete y Carlos Antonio da Costa .

De acuerdo a los informes del MST, inmediatamente después de atentar contra la vida de Valentín Serra y Onalício Araujo Barros, los autores del hecho introdujeron el cuerpo del primero en un vehículo y llevado a aproximadamente 4 Kms del lugar, en donde fue hallado semi enterrado y con señales de golpes.

El Observatorio subraya su preocupación ante esos hechos y recuerda que en el pasado varios miembros del MST han sido víctimas de actos similares y otras violaciones graves de sus derechos fundamentales. Violaciones cuya reiteración es causa de mayor inquietud en razón del clima de impunidad de que hasta ahora han beneficiado los responsables, incluyendo agentes de policía, como en el caso de la masacre de 19 campesinos en Eldorado do Carajás, perpetrada el 17 de abril de 1996. Hecho este del que habrían sido testigo los dos dirigentes - Valentín Serra y Onalício Araujo Barros - ejecutados.

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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 30 de Marzo 1998
 

Resolución judicial en favor del Sr. Winfridus Overbeek

BRA 001 / 9803 / OBS 018 . 01. Brasil, 30 de marzo, 1998 El Observatorio para la protección de los Defensores de los Derechos Humanos, programa conjunto de la FIDH y de la OMCT, ha sido informado del dictado de una resolución judicial en favor del Sr. Winfridus Overbeek, por quien se solicitó intervenir ante las autoridades de Brasil.

Breve recordatorio de la situación: Mediante el llamado BRA 001 / 9803 / OBS 018 el Observatorio informó de la detención ilegal temporal, intimidación y amenaza de expulsión del misionero Winfridus Overbeek, miembro del Conselho Indigenista Missionário (CIMI).

Winfridus Overbeek, 32 años, holandés, ingeniero ambiental, quien trabaja asesorando los programas productivos de los pueblos indígenas Tupinikim y Guaraní en el estado de Espíritu Santo, fue detenido el día 18 de marzo, a las 05:30 horas, en la ciudad de Aracruz, por tres agentes de la Policía Federal (dos hombres y una mujer) y trasladado a la Superintendencia de la Policía Federal en Vitoria, capital del estado de Espíritu Santo, donde fue sometido a siete (7) horas de interrogatorio.

Luego de esto el delegado Fernando Queiroz, de la Policía Federal, le impuso una multa y anuló la visa de permanencia en el país (prevista por 2 años) acordándole ocho (8) días y advirtiéndole que al cumplirse este plazo sería expulsado.

Situaciones estas que se consideraron, de acuerdo al Conselho Indigenista Missionário, como una medida represiva como parte de la presión contra los indígenas Tupinikim y Guaraní, quienes pocos días antes iniciaron la demarcación de sus tierras tradicionales invadidas por la empresa transnacional "Aracruz Celulose".

Nuevas informaciones: El Observatorio ha recibido informes del Conselho Indigenista Missionário (CIMI) en los que se indica que la Jueza María Claudia de García, de la 3ra Sala de Justicia Federal del Estado de Espíritu Santo, decretó la nulidad de la decisión de la policía federal por la que se reducía el visado de permanencia en el país.

El decreto del tribunal acuerda el restablecimiento del visado originalmente acordado al Sr. Winfridus Overbeek, es decir por término de 2 años (hasta noviembre de 1999).

El Observatorio se congratula por la decisión pronunciada en favor del Sr. Winfridus Overbeek, y agradece a todas las organizaciones y personas por su apoyo inmediato y solidario, lo que sin duda ha posibilita la pronta y positiva resolución del caso.

Dado que la situación que presumiblemente motivó aquellos hechos aún no parece resuelta, el Observatorio seguirá acordando particular atención a fin de prevenir eventuales incidentes en agravio de los promotores y defensores de los derechos y libertades fundamentales.

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tlahui - Politic No. 5 I/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 20 de Marzo 1998
 

Detención ilegal y amenaza de expulsión del misionero Winfridus Overbeek

BRA 001 / 9803 / OBS 018. Brasil, 20 de marzo 1998. El Observatorio ha recibido informes del Conselho Indigenista Missionário (CIMI) en los que se refiere la detención ilegal temporal, intimidación y amenaza de expulsión del misionero Winfridus Overbeek. Detención ocurrida el día 18 de marzo, a las 05:30 horas, frente a las oficinas de la organización en la ciudad de Aracruz, en el estado de Espíritu Santo.

Winfridus Overbeek, 32 años, holandés, ingeniero ambiental, forma parte del CMI y trabaja asesorando los programas productivos de los pueblos indígenas Tupinikim y Guaraní en el estado de Espíritu Santo, fue detenido por tres agentes de la Policía Federal (dos hombres y una mujer) y trasladado a la Superintendencia de la Policía Federal en Vitoria, capital del estado de Espíritu Santo, donde fue sometido a siete (7) horas de interrogatorio.

Al término de los interrogatorios el delegado Fernando Queiroz le informó que había recibido órdenes del Ministerio de Justicia por las cuales se le sindicaba de acuerdo al artículo 21 del Decreto 86.715/81 y el artículo 26 de la Ley 6.815/80 (Estatuto de Extranjeros), procediendo a imponerle el pago de una multa, a modificar el término de validez de la visa de permanencia en el país (prevista por 2 años) acordándole ocho (8) días y advirtiéndole que de cumplir con éste plazo será expulsado.

El Conselho Indigenista Missionario, organización que desde hace varios años trabaja en favor de los derechos humanos y libertades fundamentales, incluyendo por la demarcación de las tierras de los pueblos autóctonos en Brasil, considera los hechos aludidos como una medida represiva por parte de las autoridades de justicia. Situación que bien podría hallarse motivada por la presión que actualmente se ejerce contra los indígenas Tupinikim y Guaraní, quienes hace pocos días iniciaron una demarcación de sus tierras tradicionales invadidas por la empresa transnacional "Aracruz Celulose".

El Observatorio teme que la seguridad de Winfridus Overbeek y demás miembros del CIMI u otros militantes en favor de los derechos de los pueblos indígenas se halle en serio peligro.

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Burkina/Burkina/Burkina

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, 16 de Diciembre de 1998
 

Muerte en extrañas circunstancias del Sr. Norbert Zongo

Caso BFA 161298. Burkina Faso. El Secretariado Internacional acaba de ser informado por el Mouvement Burkinabe des Droits de l'Homme et des Peuples (MBDHP), organización miembro de la red de OMCT, de la muerte en extrañas circunstancias del Sr. Norbert Zongo.

De acuerdo a MBDHP, el 13 de diciembre de 1998, el Sr. Zongo, Director de Publicaciones de la revista semanal "l'Independant" y Presidente de la Sociedad de Editores de la Prensa Privada (SEP) de Burkina Faso murió en circunstancias no claras. Según la información, las declaraciones oficiales afirman que murió como consecuencia de un accidente automovilístico. Sin embargo, MBDHP pudo observar impactos en el carro muy similares a los causados por balas.

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Camboya/Cambodia/Kampuchéa

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra - París, 23 de Diciembre de 1998
 

Detención arbitraria de dos defensores de derechos humanos

KHM 001 / 9812 / OBS 090. Camboya, 23 de diciembre de 1998. El Observatorio por la Protección de los Defensores de Derechos Humanos ha sido informado por el Human Rights Action Committee, un colectivo de 13 ONG (ADHOC, CCPCR, CHHRA, CKIMHDRA, GENEROUS, IDA, KKKA, KKKHRA, KKKHRDA, KID, LICADHO, TASK FORCE et VIGILANCE) de la detención de dos defensores de derechos humanos, Sr.. Kim Sen y Sr. Meas Minear, miembros de la LICADHO (Liga Cambodiana para la Defensa de los Derechos Humanos), miembro de la FIDH, con posterioridad a su participación, en calidad de observadores, en las manifestaciones que tuvieron lugar en K. Som.

De acuerdo a las informaciones recibidas, los días 19 y 20 de diciembre, centenares de personas protestaron contra los vertimientos de desechos nucleares cerca de la ciudad. El lunes 21 de diciembre a las 10h15, diez policías arrestaron al Sr. Kim Sen, coordinador de la LICADHO en K.Som, en el café Deum Pring y le ordenaron seguirlos al puesto de policía. El mismo día a las 10h40, cuatro policías arrestaron al Sr. Meas Minear en las oficinas de la LICADHO y lo condujeron al mismo puesto de policía. Ninguna orden de arresto fue librada contra los dos militantes ni antes, ni durante el interrogatorio y además no les fue permitido consultar con ningún abogado.

A las 15h30 del mismo día, el Sr. Kim Sen y el Sr. Meas Minear fueron llevados a un tribunal y fueron interrogados por el juez en relación con sus actividades. Alrededor de las 18h40 fueron transferidos a la prisión provincial de K.Som, acusados de incitar al pueblo a manifestar.

El 23 de diciembre, el juez libro una orden de arresto en su contra. El juez desistió de los primeros cargos pero dicto nuevos cargos de robo y destrucción intencional de bienes públicos, durante la manifestación. Asimismo, el juez se negó a dar curso a una petición de libertad provisional formulada por los abogados, indicando que utilizaría el plazo legal de cinco días para dar su respuesta.

El mandato de la LICADHO consiste en informar sobre las violaciones de los derechos humanos, asistir a las víctimas de violaciones de derechos humanos y en participar como observadores de eventos públicos. El Observatorio teme que estos arrestos no tengan otro motivo que sancionar las actividades de los defensores de derechos humanos en Camboya y, en particular, el hecho de haber participado como observadores en la manifestación, lo que pone seriamente en duda la legalidad de su detención.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, 11 de Septiembre de 1998
 

Represión policíaca contra 60 monjes que se manifestaron por la paz

Caso KHM 110998. Camboya. El Secretariado Internacional ha sido informado por fuentes fidedignas de las presuntas heridas, muerte y desaparición de que habrían sufrido tres monjes y un estudiante en Camboya.

Según la información recibida hoy, 9 de septiembre de 1998, la policía disparó contra 60 monjes que marchaban por las calles pidiendo la paz. Se ha informado que dos monjes resultaron heridos, uno de los cuales murió más tarde en el hospital. Asimismo se ha denunciado la desaparición de dos personas, llamadas Tong Bun Rith, estudiante, y Kong Sideeun, un monje de Wat Lanka. Además, el 8 de septiembre de 1998, los manifestantes pacíficos que se habían reunido cerca de la Asamblea Nacional fueron dispersados con rifles AK - 47, bastones eléctricos y cañones de agua. Siete manifestantes habrían sido golpeados hasta perder el conocimiento, y alrededor de cien habrían sido heridos.

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Colombia/Colombia/Colombie

tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Diciembre 28 de 1998
 

Ataques del ejército en contra comunidades campesinas municipio de Tame

Caso COL 281298. Colombia. El Secretariado Internacional acaba de ser informado por varias organizaciones, entre las cuales, Agir Ensemble pour les Droits de l'Homme, el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia, Seccional Antioquía, miembros de la red de la OMCT, sobre ataques por parte de fuerzas militares contra comunidades campesinas de Santo Domingo, Caño Verde y Caño Limón, desplazadas a Betoyes, municipio de Tame, Departamento de Arauca. Dichos ataques se han sucedido en el marco de los combates con la guerrilla.

De acuerdo a la información recibida, el 22 de diciembre de 1998 a las 6:00 a.m. dichas personas fueron objeto de ataques bélicos producidos por los bombardeos y ametrallamiento por parte de la fuerza aérea colombiana en este sector, mediante el uso de dos helicópteros y tres aviones de guerra, en contra de lo previsto por el Derecho Internacional Humanitario y, en particular, por el Articulo 3 común de las Convenciones de Ginebra.

Observaciones

De acuerdo a la información, dichas personas habían dejado sus hogares debido a previos ataques por parte de militares contra la población civil, durante combates ocurridos el 13 de diciembre de 1998 entre la subversión y unidades de la XVIII Brigada del Ejército Nacional., en Santo Domingo y Flor Amarilla jurisdicción rural del municipio de Tame (Arauca).

En dicha oportunidad, los pobladores salieron a la calle principal para hacer señas a los aviones y demostrar su condición de población civil. Sin embargo, los aviones militares persistieron en el ataque por lo que aproximadamente a 20 personas civiles fueron muertas, entre las cuales 5 niños y 20 personas mas fueron gravemente heridas, entre ellas también varios niños.

De acuerdo a la información recibida, esta acción provoco el desplazamiento de aproximadamente 200 personas que ahora son víctimas de los ataques indiscriminados del ejercito colombiano.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT - FIDH
Ginebra, París, 17 de Noviembre der 1998
 
 
Preocupación por las vidas de líderes sindicales

COL 007 / 9811/ OBS 079. Colombia, 17 de noviembre de 1998. El Observatorio para la Protección de Defensores de Derechos Humanos ha sido informado por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, organización miembro de la red de OMCT, de la grave preocupación por las vidas de lideres sindicales y activistas en razón de la aparición de una nueva lista de lideres sindicales amenazados de muerte. Los nombres de las personas en lista que están en riesgo son: Hector Fajardo Abril, Secretario General, CUT; Tarcisio Mora, Presidente, Federación Colombiana de Educadores (FECODE); Gabriel Alvis, Vice - Presidente, Unión Sindical Obrera (USO); Jesús Bernal, Presidente, Sindicato Nacional de Trabajadores del Campo (SNTCA); Alexander López, Presidente, Sindicato de los Trabajadores de las Empresas Municipales de Cali (SINTRAEMCALI); Over Dorado, Director y Agente de Prensa, Asociación de Instituciones de Antioquía (ADIDA); Rafael Baldovino, Presidente, SITTELECOM.

Estas amenazas no se pueden tratar de manera ligera: el martes 20 de octubre de 1998, Jorge Ortega, Vice - Presidente de la unión sindical CUT, ("Central Unitaria de Trabajadores") fue asesinado por un pistolero no identificado. Le hicieron disparos en su cabeza, cerca de su casa, en un barrio al Sur de Bogotá. Su asesinato esta relacionado directamente con un paro reciente de empleados públicos, (ver Observatorio, Caso COL 006 9810 OBS 075). El homicidio de Jorge Ortega ocurrió a pesar de las repetidas peticiones de protección debido a que su nombre aparecía en una lista de personas amenazadas de muerte. Los que ahora están amenazados de muerte también tomaron parte en las recientes protestas organizadas por empleados públicos.

El Observatorio señala que numerosas organizaciones incluyendo OMCT y FIDH han denunciado de manera reiterada los lazos entre los grupos paramilitares y las fuerzas armadas. Aunque algunas veces dichos lazos pueden no aparecer claros, de acuerdo al articulo 1.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual Colombia es parte, todos los Estados parte tienen la obligación de garantizar los derechos y libertades reconocidos en la Convención así como la obligación de asegurar su ejercicio. El Estado colombiano ha incumplido sus obligaciones internacionales, no solo por acción sino también por omisión. El hecho de que algunos sindicalistas hayan y sean objeto de constantes amenazas y de que las autoridades colombianas no hagan nada para protegerlos, implica la violación del articulo 1.1. de la Convención así como del articulo 4 de la misma que garantiza el derecho a la vida.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Noviembre 4 de 1998
 

Masacre en el municipio de San Carlos, Departamento de Antioquía

Caso COL 041198. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido informado por varias fuentes, entre las cuales, Agir, Ensemble pour les Droits de l'Homme y el Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, organizaciones miembros de la red de la OMCT, que el 25 de octubre de 1998 un grupo de paramilitares realizó una masacre en el municipio de San Carlos, en el Departamento de Antioquía.

De acuerdo a la información recibida, un grupo paramilitar de aproximadamente 200 hombres que se transportaba en siete camiones, recorrió casa por casa y barrio por barrio, asesinando a 11 personas y desapareciendo a 15 más.

La OMCT señala que cuarenta horas antes de la incursión paramilitar, miembros del ejército que se encontraban en el lugar fueron retirados.

Según la información, el Gobierno ha demostrado total desinterés en la investigación de los hechos, a pesar de las peticiones de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos del Departamento de Antioquía y del Comité Internacional de la Cruz Roja.

De otra parte, se ha tenido noticia que las 15 personas desaparecidas fueron arrojadas a la represa ubicada en el mismo municipio y sus familiares están tratando por sus propios medios de recuperar los cadáveres.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Octubre 26 de 1998
 

Apareció el estudiante Jaime Enrique Osejo Benavides

Seguimiento Caso COL 231098.1. Colombia. El Secretariado Internacional acaba de ser informado por la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, miembro de la Red, que el día 25 de octubre de 1998 apareció el estudiante Jaime Enrique Osejo Benavides en Colombia.

Breve Recuento de la situación: El día 23 de Octubre de 1998, el Secretariado Internacional fue alertado por la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos sobre la desaparición forzada del joven Jaime Enrique Osejo Benavides, estudiante de noveno semestre de Ingeniería Eléctrica de la Universidad Nacional, en Colombia, luego de haber sido capturado (y posteriormente liberado) por la policía cuando tomaba parte junto con otras trece personas en una manifestación pacífica en cumplimiento de las actividades programadas en desarrollo del Paro Nacional Estatal.

Nueva Información: El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) se complace en informar que en el día de ayer apareció el estudiante Jaime Enrique Osejo Benavides en Colombia y agradece a todas las personas y organizaciones que intervinieron en su favor.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, el 25 de Octubre de 1998
 

Amenazas de muerte contra Domingo Rafael Tovar Arrieta

COL 005 / 9809 / OBS 066. Colombia, 25 de septiembre de 1998. El Observatorio ha sido informado por la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", miembro de la FIDH y de la OMCT, de las amenazas de muerte dirigidas, el día 22 de septiembre de 1998, en contra del Sr. Domingo Rafael Tovar Arrieta, dirigente sindical de la CUT (Central Unitaria de Trabajadores); de la agresión en contra de la compañera del Sr. Jorge Ortega, Vicepresidente de la CUT, y del asalto de su residencia por hombres desconocidos.

Según los informes, Sr. Tovar Arrieta fue amenazado de muerte mientras esperaba un medio de transporte para dirigirse a su trabajo. El mismo día a las tres de la tarde, la residencia del Sr. Jorge Ortega fue asaltada y violentamente registrada por hombres que golpearon, maniataron y amordazaron a su compañera, a quien le dieron un somnífero.

Las autoridades policiales todavía no habían respondido a la llamada de las víctimas después de veinticuatro horas transcurridos de los hecho.

La Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo" recuerda que los Señores Domingo Rafael Tovar Arrieta y Jorge Ortega ya han sido obligados en varias oportunidades de abandonar el país ante las múltiples amenazas de las cuales han sido objetos desde hace varios años.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Octubre 23 de 1998
 

Desaparición forzada del joven Jaime Enrique Osejo Benavides

Caso COL 231098. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido alertado por la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, miembro de la Red, de la desaparición forzada del joven Jaime Enrique Osejo Benavides, estudiante de noveno semestre de Ingeniería Eléctrica de la Universidad Nacional y de las agresiones sufridas por varias personas por parte de la policía, en Colombia.

Según la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos, el pasado lunes 19 de octubre Jaime Enrique Osejo Benavides salió de su vivienda ubicada en el barrio San Francisco (Bogotá) a las 9:30 de la mañana a cumplir una cita de trabajo y hasta la fecha no ha regresado. A pesar de la búsqueda por parte de sus familiares, el paradero del Sr. Osejo Benavides se desconoce.

Este hecho resulta tanto más preocupante como que, de acuerdo a la información recibida, el día viernes 16 de octubre de 1998 fueron detenidas catorce (14) personas en el Barrio San Francisco de la ciudad de Bogotá, cuando realizaban una manifestación pacífica en cumplimiento de las actividades programadas en desarrollo del Paro Nacional Estatal. Entre las personas capturadas se encontraba el joven Jaime Enrique Osejo Benavides.

En la madrugada del sábado 17 de octubre y con posterioridad a la intervención de abogados de la Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos y del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, también miembro de la Red, se les recepcionó diligencia de indagatoria y posteriormente fueron dejados en libertad, incluido el Sr. Osejo Benavides.

Debido a los golpes y a las lesiones personales infligidos por las autoridades, algunas de las personas que fueron dejadas en libertad tuvieron que ser recluidos en centro hospitalarios de la ciudad de Bogotá. Varias de estas personas formularon denuncias penales contra los agentes de la policía que realizaron la captura.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT
Ginebra, Octubre 22 de 1998
 

Desaparición de Rusbeth Libinoth Mantilla y asesinato de José Cano Acevedo

Caso COL 221098. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido alertado por la Comisión latinoamericana por los Derechos y Libertades de los Trabajadores y los Pueblos (CLADEHTL), miembro de la Red de la OMCT, sobre la desaparición forzada de los Sres. Rusbeth Libinoth Mantilla Ballén y José Cano Acevedo y la posterior muerte de este último y sobre las agresiones sufridas por trabajadores en el curso de un paro.

El Sr. José Cano Acevedo era un desplazado interno de El Castillo, Departamento del Meta. El día 9 de septiembre de 1998, salió de su residencia temporal ubicada en Ciudad Bolívar, en Bogotá. A las 10 p.m., se comunicó con el Sr. Rusbeth Libinoth Mantilla Ballén, a quien citó a las 10 a.m. del siguiente día en un lugar desconocido de Fusagasugá, ciudad situada a unos sesenta kilómetros de Bogotá. El señor Mantilla, también desplazado interno de Villa Rica (Tolima), salió a cumplir la cita y no ha regresado.

Hace unos días, el cadáver del Sr. José Cano Acevedo apareció en una zona cercana al municipio de La Mesa, pueblo cercano a Bogotá, con visibles señales de tortura. Hasta le fecha se desconoce el paradero del Sr. Mantilla Ballén.

De otra parte, el Secretariado Internacional fue informado por la misma organización sobre las agresiones sufridas por trabajadores de la Caja Agraria (institución financiera de naturaleza pública) y de SITTILECOM los días 11 y 12 de octubre de 1998 en Colombia, mientras tomaban parte en actividades relacionadas con el Paro Estatal de los Trabajadores.

De acuerdo a la información recibida, a las 10 p.m. del 11 de octubre de 1998, trabajadores de la Caja Agraria junto con sus familias (incluyendo niños) fueron objeto de agresiones por parte de la Policía. Ante la presencia de los medios de comunicación, de personal de la Defensoría del Pueblo y de otras personas, la Policía suspendió sus operativos. Sin embargo, a las 2 a.m. del 12 de octubre, la policía rompió las puertas del edificio donde está situada la sede principal de la Caja Agraria. Con agua a presión y gases lacrimógenos, sacaron a los trabajadores e hirieron, de paso, a varios de ellos.

El 13 de octubre de 1998, a las 5.30 a.m., la policía atacó a los trabajadores de SITTELECOM produciendo varios heridos.

El Secretariado Internacional observa con grave preocupación el deterioro alarmante de la situación de los derechos humanos en Colombia. Las altas tasas de impunidad reflejan la falta de voluntad Estatal de resolver las constantes violaciones y entorpecen cualquier solución a la crisis.

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tlahui - Politic No. 6 II/1998. OMCT - FIDH
Ginebra - París, 21 de Octubre de 1998
 

Ejecución sumaria del sindicalista Jorge Luis Ortega García

COL 006 / 9810 / OBS 075. Colombia, 21 de octubre de 1998. El Observatorio expresa su grave consternación ante la ejecución sumaria o extrajudicial del Sr. Jorge Luis Ortega García, Vicepresidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), organización miembro de la OMCT, y ex - dirigente del Sindicato de Trabajadores del Sector Eléctrico (SINTRAELECOL).

Informes comunicados al Observatorio por parte de numerosas organizaciones, colombianas e internacionales, indican que ese deleznable crimen fue cometido por una persona no identificada, el día de ayer 20 de octubre aproximadamente a las 19: 15 horas, cuando el Sr. Jorge Luis Ortega García se hallaba en las cercanías de su vivienda, en el Barrio San Antonio, de la capital Bogotá.

Jorge Luis Ortega García formaba parte del denominado Comando Nacional del Paro Estatal de los Trabajadores, que se desarrolla desde hace 15 días convocado por las principales organizaciones sindicales, entre ellas la CUT, y en el que participan aproximadamente 800.000 trabajadores, para protestar por medidas de austeridad dictadas por el gobierno colombiano y para exigir mejoras salariales acordes con el elevado costo de la vida.

Ortega García dedicó gran parte de su vida a la defensa de los derechos de los trabajadores colombianos, dirigía el Departamento de Derechos Humanos de la CUT, participaba como delegado de las organizaciones sindicales y sociales en el Comité de Evaluación de Riesgos del "Programa de Protección a Defensores de Derechos Humanos y Lideres Sociales del Ministerio del Interior", lo mismo que en la Comisión Interinstitucional de Derechos Humanos de los Trabajadores, y participó en la reunión de diciembre 1997 del Comité de Derechos Humanos y Sindicales de la CIOSL - Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres.

Ante el referido Comité de Evaluación de Riesgos había denunciado los graves riesgos que padecen los trabajadores y el 19 de octubre, un día antes de su muerte, en una sesión realizada en presencia de representantes de autoridades, Jorge Luis Ortega García responsabilizó al Estado colombiano por cualquier atentado contra su vida, toda vez que las autoridades no le habían acordado ningún tipo de protección a pesar de haberlo solicitado cinco meses antes.

El Observatorio recuerda que el 25 de septiembre pasado, mediante el llamado COL 005/9809/OBS 066, se informó de hechos que hacían temer por la seguridad del Sr. Jorge Luis Ortega García y Domingo Tovar, también dirigente de la CUT, debido a las amenazas de muerte en su contra, y en razón, también, del registro ilegal de la vivienda de Ortega García, el 22 de septiembre, por un grupo de hombres que se identificaron como policías, quienes golpearon, maniataron y amordazaron a su compañera de hogar. Situación ante la cual se pidió la adopción de medidas para proteger su vida y seguridad personal.

El Observatorio condena firmemente el asesinato del Sr. Jorge Ortega, el cual viene a sumarse al continuo de violencia y exterminio que durante los últimos años ha cobrado la vida de numerosos promotores y defensores de los derechos humanos, entre ellos más de una centena de lideres sindicalistas y trabajadores que luchan por la defensa de sus derechos sociales y económicos.

Situación tanto más preocupante dada la impunidad en que permanecen los crímenes de lesa humanidad y otras graves violaciones de los derechos humanos, además de la persistente omisión de las autoridades colombianas en otorgar las medidas de protección que se les han solicitado y, todavía más, el incumplimiento de los acuerdos que a ese fin establecieron con las organizaciones sindicales y de derechos humanos después del asesinato de Eduardo Umaña Mendoza (COL 002 / 9804 / OBS 025).

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Ginebra, Septiembre 21 de 1998
 

Homicidio del religioso marianista Hermano Miguel Angel Quiroga Gaona

Caso COL 210998. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido alertado por varias fuentes de información confiables, entre las cuales se encuentra la Central Unitaria de Trabajadores (CUT - Chocó) sobre el homicidio del religioso marianista Hermano Miguel Angel Quiroga Gaona, sucedida el 18 de septiembre de 1998 en el departamento del Chocó, Colombia, a manos de un grupo paramilitar y sobre la presunta desaparición forzada de los indígenas Evelio Majore, Nemecio Majore Domico, Enrique Majore Domico Y Horacio Majore, miembros de la comunidad de Avejero, ubicada a dos horas de la carretera que de Medellín conduce a Quibdó, el 16 de septiembre de 1998.

De acuerdo a la información recibida, su muerte se produjo cuando se disponía a realizar una visita ordinaria de tipo pastoral por el río Tumutumbudó, municipio de Lloró, departamento del Chocó. Mientras se movilizaban en el bote junto al sacerdote marianista José María Gutiérrez, párroco de la localidad, el equipo religioso y otros campesinos de la región fueron detenidos por un grupo de hombres armados quienes se identificaron como miembros de las "Autodefensas" y les exigieron su identificación. Como expresaran la ilegalidad de tal acto en razón de no ser autoridades competentes, le dispararon al Hermano Miguel Angel Quiroga Gaona en el pecho. De acuerdo a fuentes de la iglesia católica, dicho grupo de paramilitares está al mando de Carlos Castaño.

De acuerdo a la misma información, los indígenas Evelio Majore, Nemecio Majore Domico, Enrique Majore Domico Y Horacio Majore desaparecieron en momentos en que habían salido de su comunidad para recoger unas láminas de cinc en el sitio conocido como El 18, localizado en el Departamento del Chocó.

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Ginebra - París, 9 de Septiembre 1998
 

Amenazas contra Alberto Salas, Mónica González, Gloria Jaramillo y Mariela Pantoja

COL 004 / 9809 / OBS 061. Colombia, 9 de septiembre de 1998. La Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", miembro de la OMCT y de la FIDH, ha informado al Observatorio sobre la existencia de hostigamiento y graves amenazas contra Alberto Salas, Mónica González, Gloria Jaramillo y Mariela Pantoja, del Comité de Derechos Humanos de la Comuna 20 de Santiago de Cali, en el Departamento del Valle, y los miembros de la Junta de Acción Social de la misma comuna, entre ellos: Sandra Liliana Ramírez, Ana Cecilia Jiménez, Rafael Uribe y Albanelly Duque.

La situación aludida, de la que sería responsable la Policía local, ha sido motivada por las actividades de esas personas para obtener el esclarecimiento de la muerte de seis jóvenes, residentes en la Comuna 20 de Cali.

El 5 de julio 1998 los seis jóvenes alertaron a la Junta de Acción Social sobre la presencia de hombres fuertemente armados. Hecho que fue denunciado ante las autoridades militares en tres ocasiones, sin que adoptaran medidas para investigar la presencia del grupo armado. Posteriormente, el día 9 de julio de 1998 los seis jóvenes desaparecieron y sus cuerpos fueron hallados el 10 de julio, amordazados, degollados y presentando múltiples fracturas y heridas con arma blanca.

Ante este crimen los miembros del Comité de Derechos Humanos de la Comuna y de la Junta de Acción Comunal, no han escatimado esfuerzos para dar a conocer el hecho, lo mismo que la identidad de los autores materiales e intelectuales del crimen, y para indagar la razón por la cual las autoridades del Ejército y de la Policía Nacional no atendieron a los llamados de la comunidad.

En respuesta a las acciones realizadas con ese fin, las personas antes mencionadas están siendo hostigadas por miembros de la Policía Nacional y han sido amenazadas a través de llamadas telefónicas anónimas.

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Ginebra, Septiembre de 1998
 

Ejecución extrajudicial de Alonso Domicó Jarupia

Caso COL 030998. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido informado por la Comisión Colombiana de Juristas, miembro de la red de la OMCT, que el martes 25 de agosto, un grupo de hombres armados llegó a las 4 y 30 de la tarde llegó a una vivienda de la comunidad de Kiparado, Resguardo Karagabi, perteneciente al pueblo indígena Embera Katío, donde retuvieron a los indígenas que estaban presentes, y les preguntaron por seis indígenas: Alonso Domicó Jarupia (autoridad tradicional, actualmente tesorero de su comunidad), Florentino Domicó (hijo de Alonso), Teofán Domicó, Delio Domicó Jarupia (hijo de Teofán), Luis Carlos Domicó y Juan de Dios Domicó Jarupia. Los indígenas intentaron demostrar a los hombres armados que ellos no eran las personas que buscaban.

Al final de la tarde, seis hombres armados vestidos de camuflaje llegaron a la vivienda de Alonso Domicó Jarupia a buscarlo. El se encontraba con su esposa, una hija y sus nietos, y le pidieron que los acompañara.

Caminó unos pocos metros cuando los hombres armados le dispararon por la espalda. Acto seguido fue rematado en el suelo con dos tiros más.

Después de asesinar a Alonso Domicó Jarupia, se dirigieron a otro tambo, donde vivía Florentino Domicó, con la intención de asesinarlo. Fue rodeado por su familia y, en un momento dado, logró huir.

Los hombres armados huyeron por la quebrada Cruz Grande y, en la huida, perdieron sus armas. Dos días después regresaron con el objeto de buscar sus armas, exigiendo a los indígenas de la comunidad Kiparado su colaboración, bajo amenaza de matar a los otros cinco líderes que estaban buscando.

Adicionalmente, la comunidad Embera Katío, con el apoyo de la Organización Nacional Indígena de Colombia y la Comisión Colombiana de Juristas interpuso una acción de tutela dirigida a proteger su territorio. Actualmente la Corte Constitucional colombiana revisa esta acción judicial. A comienzos del mes de agosto la Corte Constitucional ordenó suspender la inundación de los terrenos para la puesta en marcha de la represa de Urrá. Asimismo, la Corte Constitucional le solicitó a las autoridades locales estar vigilantes al cumplimiento de esta orden judicial. Hace menos de dos semanas la Corte Constitucional llevó a cabo una inspección judicial a la zona que iba a ser inundada y a los territorios indígenas aledaños.

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Ginebra, 8 de Septiembre de 1998
 

Amenazas contra familiares de jóvenes ejecutados extrajudicialmente

Caso COL 040998. Colombia. Breve descripción: El Secretariado Internacional ha sido informado por la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", miembro de la red de la OMCT, de los siguientes hechos:

1. Los familiares de cinco jóvenes que fueron ejecutados extrajudicialmente entre el 5 y el 7 de septiembre de 1996 en Bogotá han recibido permanentes amenazas contra sus vidas. Se trata del señor Alfonso Mora León, padre de una de las víctimas quien, junto con su esposa Dolores Moncaleano de Mora, fue sometido a un programa oficial de protección a víctimas que consistía en el pago de una suma mensual para que vivieran en otra ciudad. Dado que esta modalidad de protección fue cambiada por otra clase que les implicaba vivir casi que "encarcelados", esta modalidad fue rechazada por la familia.

2. El 27 de agosto, Alfonso Mora León fue citado por la Fiscalía General de la Nación para que rindiera testimonio en relación a los hechos. Dicha actuación no fue realizada porque se pudo establecer que se había fraguado un plan para atentar contra su vida.

3. El señor Alfonso Mora León se encuentra en permanente angustia, sin protección oficial. Esta situación está agravada por el hecho de que existen en la actualidad dictadas medidas de aseguramiento contra varios funcionarios de la Policía. Clara Inés Gómez, madre de otra de las víctimas, ha sido también objeto de permanentes amenazas contra su vida e integridad personal.

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Ginebra, Septiembre de 1998
 

Amenazas de muerte contra el sindicalista Domingo Rafael Tovar Arrieta

Caso COL 240998. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido informado por la Corporación Colectivo de Abogados "José Alvear Restrepo", miembro de la red de la OMCT, de los siguientes hechos: el 22 de septiembre, hacia las 8:45 a.m., el dirigente sindical de la CUT (Central Unitaria de Trabajadores) Sr. Domingo Rafael Tovar Arrieta fue amenazado de muerte por un individuo mientras esperaba un medio de transporte para dirigirse a su trabajo. Dicho individuo también se refirió al Vicepresidente de la CUT, Sr. Jorge Ortega de manera amenazante.

Ese mismo día, siendo las tres de la tarde, la residencia del Sr. Jorge Ortega fue asaltada por hombres desconocidos que golpearon, maniataron y amordazaron a su compañera, a quien le proporcionaron un somnífero. Cuando despertó, la casa había sido violentamente registrada. A veinticuatro horas de transcurridos los hechos, las autoridades policiales no se habían hecho presentes en los lugares de los hechos.

Los señores Domingo Rafael Tovar Arrieta y Jorge Ortega han venido siendo objeto de amenazas desde hace varios años y en varias oportunidades se han visto obligados a abandonar el país ante el temor de que dichas amenazas se hagan realidad.

La OMCT observa con grave preocupación el deterioro alarmante de la situación de los derechos humanos en Colombia. En particular, la OMCT no entiende como en Colombia inumerables leyes, decretos y reglamentos han sido adoptados para la protección de los derechos humanos pero los mismos no se aplican y, por el contrario, son violados en la práctica constantemente.

Ante los reiterados pronunciamientos de las autoridades colombianas sobre su no participación directa en muchas de las violaciones cometidas por actores privados, en particular por grupos paramilitares, la OMCT recuerda que, por un lado, varias organizaciones hemos denunciado los lazos entre estos grupos y las fuerzas militares y, por otro lado, si en ocasiones dichos lazos no fueran del todo claros, de acuerdo al artículo 1.1. de la Convención Americana de la cual el Estado de Colombia es parte, los Estados parte se comprometen a garantizar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio. Dentro de esta obligación, el Estado colombiano no sólo responde por acción sino también por omisión.

El hecho de que estos señores sindicalistas hayan sufrido constantes amenazas contra sus vidas sin que las autoridades las hayan impedido, implica una violación del artículo 1.1. de la Convención, Así como del artículo 4 de la misma que protege el derecho a la vida.

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Ginebra, Septiembre de 1998
 

Investigar exhaustiva e imparcialmente el asesinato de Alonso Domicó Jarupia

Caso COL 030998. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido informado por la Comisión Colombiana de Juristas, miembro de la red de la OMCT, que el martes 25 de agosto, un grupo de hombres armados llegó a las 4 y 30 de la tarde llegó a una vivienda de la comunidad de Kiparado, Resguardo Karagabi, perteneciente al pueblo indígena Embera Katío, donde retuvieron a los indígenas que estaban presentes, y les preguntaron por seis indígenas: Alonso Domicó Jarupia (autoridad tradicional, actualmente tesorero de su comunidad), Florentino Domicó (hijo de Alonso), Teofán Domicó, Delio Domicó Jarupia (hijo de Teofán), Luis Carlos Domicó y Juan de Dios Domicó Jarupia. Los indígenas intentaron demostrar a los hombres armados que ellos no eran las personas que buscaban.

Al final de la tarde, seis hombres armados vestidos de camuflaje llegaron a la vivienda de Alonso Domicó Jarupia a buscarlo. El se encontraba con su esposa, una hija y sus nietos, y le pidieron que los acompañara. Caminó unos pocos metros cuando los hombres armados le dispararon por la espalda. Acto seguido fue rematado en el suelo con dos tiros más.

Después de asesinar a Alonso Domicó Jarupia, se dirigieron a otro tambo, donde vivía Florentino Domicó, con la intención de asesinarlo. Fue rodeado por su familia y, en un momento dado, logró huir.

Los hombres armados huyeron por la quebrada Cruz Grande y, en la huida, perdieron sus armas. Dos días después regresaron con el objeto de buscar sus armas, exigiendo a los indígenas de la comunidad Kiparado su colaboración, bajo amenaza de matar a los otros cinco líderes que estaban buscando.

Adicionalmente, la comunidad Embera Katío, con el apoyo de la Organización Nacional Indígena de Colombia y la Comisión Colombiana de Juristas interpuso una acción de tutela dirigida a proteger su territorio. Actualmente la Corte Constitucional colombiana revisa esta acción judicial. A comienzos del mes de agosto la Corte Constitucional ordenó suspender la inundación de los terrenos para la puesta en marcha de la represa de Urrá. Asimismo, la Corte Constitucional le solicitó a las autoridades locales estar vigilantes al cumplimiento de esta orden judicial. Hace menos de dos semanas la Corte Constitucional llevó a cabo una inspección judicial a la zona que iba a ser inundada y a los territorios indígenas aledaños.

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Ginebra, 5 de Agosto 1998
 

Inseguridad de residentes en algunos municipios de Antioquía

Caso COL 050898. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido informado, por diversas organizaciones colombianas, de la existencia de graves riesgos para la vida y seguridad de personas residentes en los municipios de San Francisco, vereda La Honda del Carmen de Viboral y Santa Ana de Granada, en el Departamento de Antioquía.

Según los informes, el día de ayer, 4 de agosto, militares vinculados al Batallón Héroes de Barbacoa, adscrito a la IV Brigada del Ejército Nacional, informaron a los habitantes de la vereda Santa Ana que en el transcurso de la presente semana, los paramilitares ingresarían al lugar y que " tranquilos que no saben lo que les espera ".

Los informes indican, además, que el día de hoy, 5 de agosto, tropas presuntamente pertenecientes al Batallón Héroes de Barbacoas habrían procedido a restringir el tránsito de vehículos y personas en la zona comprendida entre el radio urbano del municipio de San Francisco y Santa Ana, argumentando que la zona está bajo control militar y que los campos están minados.

Estos hechos motivan temores acerca de la probable comisión de una matanza en la zona aludida.

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Ginebra 19 de Mayo de 1998
 

Desaparición forzada y/o muerte de personas en la ciudad de Barrancabermeja

Caso COL 190598. Colombia. El Secretariado Internacional ha sido informado de la aprehensión ilegal, desaparición forzada y/o muerte de varias personas en la ciudad de Barrancabermeja, Santander, el 16 de mayo 1998. Hechos cuya responsabilidad se atribuye a paramilitares y en los que podrían haber colaborado fuerzas estatales, especialmente militares y policiales.

Según diversas organizaciones el 16 de Mayo, entre las 20 y 23: 30 horas, cerca de 50 paramilitares vestidos de civil, fuertemente armados y acompañados de algunas personas encapuchadas, incursionaron en los barrios El Campestre, 9 de Abril, El Campín y María Eugenia, en el sector Suroriental de la ciudad de Barrancabermeja, dando muerte a varias personas (incluido un joven de 17 años) y deteniendo ilegalmente a más de treinta y cinco (35) personas, la mayoría en edades entre 18 y 25 años de edad y tres entre 15 y 17 años. Durante el desarrollo de los hechos a la población le "informaban" que eran "paramilitares", que "ya habían llegado a Barrancabermeja", que "venían a poner orden" y que, "no se iban a ir".

Ese mismo día el ejército y la policía de Barrancabermeja hicieron retenes en el mismo sector Suroriental, desde antes de las 8 de la noche y hasta las 2 de la mañana (del 17 de mayo), entre los barrios Campestre y 9 de abril en donde también se encuentran 3 bases militares en los lugares llamados Pozo 7, El matadero de Reses de Ecopetrol, y la base militar que cuida la construcción de la generadora eléctrica, entre los barrios Villarclys y El 9 de Abril.

En el barrio "María Eugenia" los paramilitares detuvieron a varios jóvenes y asesinaron a tres personas identificadas como: Luis Jesús Argüello, Germán León Quintero y José Javier Jaramillo Díaz, de 17 años de edad. Posteriormente, durante tres horas y media, los paramilitares prosiguieron sus crímenes en ese y los restantes barrios citados .

El día siguiente, en distintos sitios cercanos de la ciudad de Barrancabermeja, fueron hallados los cadáveres de cinco (5) de esas personas: José Javier Jaramillo Díaz, Eliecer Javier Quitero Orozco, Nier Enrique Guzmán Lázaro, Dionisio Hernández Pérez y Pedro Julio Rondón Hernández Aparentemente hasta el día 18 de mayo aún se hallaban desaparecidas las siguientes personas: Alfredo Ruíz, Fernando Ardila Landinez, José Reynel Campos Arévalo, Enrique Moncada Villamizar, Melquicedec Salamanca Quintero (25 años), Carlos Arturo Adais Prada (31 años), José Octavio Osorio, Giovanni Herrera (18 años), David Triana (19 años), Ramiro Londoño, Leen Duarte (15 años), Luis Fernando Suárez, Juan de Jesús Valdivieso Pabón, Julio Cristancho, Wilfredo Useda Pérez, Eugenio Isaza, Ricky Nelson García Amador (24 años); Daniel Campos Pérez (19 años), Carlos Escobar Jiménez (17 años), Gary de Jesús Pinedo Rangel (32 años), José Libardo Londoño (75 años), Luis Enrigue Caballero Romero (22 años), Wilson Pacheco Quiroz, Diego Fernando y Alejandra María Ochoa López (hermanos gemelos, de 20 años), Oswaldo Enrique Vázquez Quintero (25 años), Ender González Baena (20 años), Oscar Leonel Barrera Santa (20 años), Robert Well Gordillo (22 años), Jaime Yesid Rodríguez (16 años) y Jairo Massiol Cedeño (35 años). Los informes advierten, por otra parte, que entre las 11:00 p.m. y las 11:30 p.m., los paramilitares estuvieron frente a la casa de la Sra. Osiris Bayter Ferias, presidenta de CREDHOS (Corporación Regional para los Derechos Humanos de Barrancabermeja). Durante ese período sonó varias veces el teléfono pero al contestar nadie hablaba. Luego de esto los paramilitares se marcharon. Este hecho es muy preocupante ya que los miembros de CREDHOS han sido amenazados de muerte por grupos paramilitares y han sido hostigados por el ejército y organismos de seguridad del Estado, acusándolos de ser colaboradores de la guerrilla.

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Ginebra - París, 14 de Mayo de 1998
 

Allanamientos a la Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz y de la Corporación Minga

COL 003 / 9805 / OBS 032. Colombia, 14 de mayo de 1998. Organizaciones colombianas, integrantes del Colectivo de Derechos Humanos Semillas de Libertad, CODEHSEL, han informado al Observatorio que el día de ayer, 13 de mayo de 1998, en horas de la tarde fueron allanadas y registradas las oficinas de la Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz y de la Corporación Minga, organismos dedicados a la defensa, promoción y protección de los derechos humanos.

Ambas organizaciones han apoyado decididamente el desarrollo del Proyecto " Nunca Más ", iniciado por diversas organizaciones sociales y ONGs de derechos humanos, destinado al esclarecimiento de la responsabilidad de los crímenes de lesa humanidad cometidos en Colombia en los últimos treinta años. Dicho proyecto cuenta con una base de datos en la cual se registran los hechos objeto de la investigación.

Según las informaciones recibidas, los agentes permanecieron durante cinco horas en los locales de las organizaciones y procedieron a fotocopiar toda la información. De otra parte, también se ha informado de que tales hechos hacen parte de una acción dirigida contra veinte organismos de derechos humanos, aún no determinados, y que los mismos se realizan en base a informes de la Brigada XX de inteligencia militar en los que se indicaría que en las oficinas de esas organizaciones se encontraría documentación perteneciente a la organización insurgente ELN.

Estas acciones contra organizaciones de derechos humanos se realizan luego de que varios Generales de las Fuerzas Armadas declararan, por diversos medios, que el asesinato del General Fernando Landeazabal es el resultado de las denuncias hechas por violación de derechos humanos a nivel nacional e internacional.

Por otra parte, estos hechos también se inscriben en un contexto de graves pronunciamientos públicos que dan cuenta del compromiso de la Brigada XX de inteligencia militar en actos de guerra sucia, a los que varios agentes del Estado han contestado señalando a los medios de comunicación y a organismos de Derechos Humanos como "aparatos de la guerrilla".

El Observatorio considera que esos hechos son claros indicadores de un severo y preocupante deterioro de los derechos humanos y libertades fundamentales en Colombia, y teme que la seguridad e integridad y la libertad de decenas de defensores de derechos humanos se halle gravemente amenazada. Tanto más puesto que durante los últimos años decenas de defensores han sido víctimas de graves violaciones incluyendo de ejecución sumaria en Colombia, como en el caso - entre otros - de Mario Calderón Villegas y Elsa Constanza Alvarado (véase COL 200597 de l'OMCT), los Abogados Jesús María Valle Jaramillo (véase COL 001 / 9802 / OBS 013) y Eduardo Umaña Mendoza (véase COL 002 / 9804 / OBS 025).

El Observatorio condena firmemente esos hechos, que junto a otros casos registrados en Colombia y otros países de la región - Argentina, Brasil, Guatemala, Honduras y México (véase los precedentes llamados sobre estos países) - , inducen a creer en el desarrollo de una actitud represiva de incalculables consecuencias.

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