Intimidación y torturas sistemáticas en San Agustín Loxicha
Tlahui-Politic 9 I/2000. Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. México, a 28 de Mayo, 2000. Mex - Continua la intimidación y torturas
sistemáticas organizadas por el Presidente de San
Agustín Loxicha.
Equipo Nizkor,
Derechos Human Rights,
Serpaj Europa,
Solidaridad Urgente,
28may00
CONTINUA LA INTIMIDACIÓN Y TORTURAS SISTEMÁTICAS POR PARTE DEL PRESIDENTE
COMUNAL DE SAN AGUSTÍN LOXICHA LUCIO VÁSQUEZ.
La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, solicita su
intervención inmediata y urgente ante el cateo, tortura, detención arbitraria y
amenazas en contra de indígenas zapotecos de la Región Loxicha, Oaxaca.
Según denuncia recibida, el 25 de mayo de 2000 a la 1:00 AM, en la comunidad de
San Isidro Miramar, Municipio de San Agustín Loxicha, Oaxaca, 13 personas entre
ellas elementos de la Policía Judicial del Estado, Policía Preventiva y al
parecer del Ejército Federal Mexicano, una de ellas encapuchada, entraron a la
vivienda del señor Octaviano HERNÁNDEZ PACHECO, de 52 años de edad.
Los cuerpos policíacos catearon el lugar y golpearon al señor Octaviano, a su
esposa la señora Juana JOSÉ JOSÉ de 37 años de edad y a su hijo Jaime
HERNÁNDEZ JOSÉ de 12 años de edad, quienes se encontraban durmiendo. A
consecuencia de los golpes la señora Juana perdió el conocimiento.
Posteriormente, alrededor de las 2:00 A.M. las mismas personas, ahora tres de
ellas encapuchadas, se dirigieron al domicilio del señor Andrés ENRÍQUEZ
FERNÁNDEZ, de 48 años de edad, lo golpearon a el y a su esposa la señora
Octavia ENRÍQUEZ SANTIAGO. Los señores Octaviano y Andrés fueron detenidos por
los elementos policíacos sin informarles el motivo de esta ni el lugar a donde
los llevarian.
La señora Juana y Octavia se presentaron a las oficinas de la Limeddh en Oaxaca
alrededor de 18:00 PM para denunciar los hechos. Refieren que identificaron
plenamente entre las personas que llevaron a cabo las detenciones a Lucio
VÁSQUEZ, presidente municipal de San Agustín Loxicha,
Faustino SEBASTIÁN CENTRA y Ramón VÁSQUEZ, todos ellos señalados en múltiples
ocasiones como "entregadores". Los entregadores son habitantes de la Región cuya
función es señalar a paisanos suyos como miembros del EPR. Generalmente van
acompañando a elementos de la Policía judicial y del ejército federal, llevan
cubierto el rostro y una lista con nombres de los habitantes.
Se pudo constatar que ambas señoras presentan evidentes huellas de las lesiones
producidas, localizadas principalmente en cuello y miembros inferiores, lo cual
nos habla de que tales lesiones no pudieran ser producto de maniobras para la
sujeción y en cambio si corresponde con sus testimonios. Por parte de la
Limeddh-FIDH se solicito al Procurador General del Estado INFORMACIÓN sobre los
hechos así como del lugar en que se encontraban los detenidos. El procurador
informo que las detenciones se realizaron en cumplimiento de ordenes de
aprehensión por los delitos de homicidio calificado giradas en 1998 por el
Juzgado Mixto de Primera Instancia en San Pedro Pochutla.
Por otra parte, la Unión de Pueblos Contra la Represión y Militarización de la
Región Loxicha denuncio que durante los últimos días, Lucio VÁSQUEZ ha amenazado
a las personas que estuvieron presentes y participaron en la mayordomía
realizada recientemente en Quelave, Además de recolectar firmas de los
habitantes (también mediante amenazas) para prohibir que cualquier caravana
vuelva a entrar a las comunidades del municipio de San Agustín Loxicha.
Recordamos que del 5 al 7 de mayo pasados, una misión integrada por Ofelia
MEDINA, representantes de varias ONG de derechos humanos nacionales y
oaxaqueñas y apoyada por varios padrinos de la fiesta de la mayordomía de
Quelave (el pintor Francisco Toledo y el secretario estatal de Ecología José
Luis Bustamante, entre otros), así como observadores --estudiantes, maestros,
trabajadores-- fue culminación del plantón de tres meses en la Ciudad de México,
realizado por mujeres y niños de San Agustín, esposas e hijos de indígenas
presos en demanda de la LIBERACIÓN de estos. Durante el recorrido la caravana
pudo constatar la situación de incomunicación, hostigamiento, intimidación y
represión en la Región, misma que impide por completo la vida comunitaria.
El 5 de mayo, en las inmediaciones de San Agustín, les fue cerrado el paso
advirtiéndoles que "si avanzan hay mas adelante 200 hombres dispuestos a
enfrentarlos". Fue necesario pedir protección de la Policía estatal, que se vio
obligada a "negociar" con la autoridad de San Agustín el paso de la caravana
condicionándolo a que no se abrieran las ventanas del autobús, nadie bajara en
la cabecera municipal ni se tomaran fotografías. Durante la fiesta de
mayordomía, Policías municipales vestidos de civil, enviados por sus superiores
de la Base de Operaciones Mixta (BOM) mas próxima para espiar e informar con
quienes hablaban los integrantes de la misión. La misión se entrevisto con el
gobernador José Murat, quien ofreció "que hablaría con Lucio Vázquez, presidente
municipal de San Agustín, para evitar represalias después de la visita de la
misión, y que no se exceda en sus funciones".
De lo anteriormente expuesto la Limeddh-FIDH considera:
1. Con frecuencia, a las personas que son objeto de detención, no obstante
existir un mandato judicial, no se les muestra la orden de aprehensión ni se les
informa de los derechos que tienen una vez que son detenidos.
2. Continúan utilizándose en las detenciones sujetos vestidos de civil y
encapuchados, lo que favorece la impunidad. La suma de tales casos nos hace
suponer que existen agentes gubernamentales que pudieran estar actuando de
manera directa o tolerando a quienes cometen estas graves violaciones a los
derechos humanos.
3. Se torturo a las personas que iban a aprehender así como a sus familiares,
puesto que no se procedió solamente a asegurarla y ponerla de inmediato ante la
autoridad competente como lo establece la ley; sino que se procedió a dañar su
propiedad y castigarlos para que modificaran una
conducta. Por lo que de acuerdo a la definición que establece la Ley para
Prevenir y Sancionar la Tortura vigente, se configura la probable
responsabilidad por este delito.
La Limeddh manifiesta su rechazo ante la situación de graves violaciones a los
derechos humanos y abierta impunidad que es la constante en la Región.
Recordamos que a partir del 30 de agosto de 1996 las detenciones arbitrarias,
desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales, reclusión en cárceles
clandestinas, tortura, hostigamiento militar y policiaco continúan, así como el
robo a los habitantes por parte de las mismas autoridades municipales
encabezadas por Lucio Esteban VÁSQUEZ RAMÍREZ.
En este punto es necesario reiterar que el actual presidente municipal ha sido
señalado por habitantes de la Región como entregador desde finales de 1996.
Posteriormente fue elemento de la Policía Preventiva y de la Policía Judicial
del Estado; en 1998 fue candidato del gobierno estatal para presidente
municipal, siendo elegido únicamente por un sector de la población de la
cabecera municipal que fue amenazada para votar a su favor. Todo lo anterior no
obstante estar implicado en el asesinato de 20 indígenas y la Desaparición
forzada dos personas, así como en el robo, cateo, tortura y detenciones
arbitrarias realizadas a lo largo de cuatro años. Por algunos de estos hechos
se han registrado las averiguaciones previas en su contra:
Numero 320(II)/97 por el asesinato del señor Selerino JIMÉNEZ ALMARAZ, muerto
el 24 de abril de 1997 en el rancho Los Limares, de Santa Maria Jalatengo,
Miahuatlán. La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la
recomendación 16/998 por este asesinato a la Procuraduría General de Justicia
del Estado (PGJE). A la fecha la recomendación no se ha cumplido, pues no se ha
concluido la Investigación ni castigado a los responsables de este homicidio. Es
conveniente mencionar que al expediente penal se ha integrado INFORMACIÓN que
abunda sobre la responsabilidad penal de Lucio VÁSQUEZ en este asesinato.
Durante la reconstrucción de hechos, realizada en 1999, los Policías judiciales
que intervinieron señalaron directamente a Lucio VÁSQUEZ como el autor material
del homicidio, declaraciones que fueron asentadas en el expediente. El caso fue
llevado a la Organización Estados Americanos (CIDH); presentado ante la
Subcomisión de Derechos Humanos de la ONU y ante la Relatora de Ejecuciones
Extrajudiciales y Sumarias de la ONU. Estas instancias han solicitado
INFORMACIÓN al gobierno mexicano y este ha respondido que se encuentra en
proceso de Investigación.
Numero 1942(P.J.)/97 instruida en contra de quienes resulten responsables "de la
Comisión del delito de lesiones (cuando se tienen fotografías donde se demuestra
que fueron torturados) y demás que se configuren, cometidos en agravio de
Ponciano GARCÍA PEDRO, Celso GARCÍA LUNA y Alfredo GARCÍA LUNA" cometidos el 6
de agosto de 1997. La recomendación de la CEDH es la numero 4/98 en febrero de
1998 hecha a la PGJE en la que señala que se obtuvieron pruebas fehacientes
sobre los hechos delictivos ejecutados por agentes de la Policía Judicial del
estado. El 13 de agosto de 1998 se resolvió en procedimiento administrativo de
responsabilidad de numero 4/PAI-DH/98 en el cual se les impuso como sanción
administrativa a los mencionados agentes de la Policía Judicial, una suspensión
por treinta días sin goce de sueldo.
Así mismo, el 20 de enero de 1999 se determino reservar la indagatoria
1942(P.J.)/97, sin perjuicio de que por otros datos posteriores se resuelva
sobre el ejercicio de la acción penal en su contra. Sin embargo, Lucio VÁSQUEZ
no fue sancionado ya que, de acuerdo con la respuesta del entonces procurador de
justicia, Roberto Pedro MARTÍNEZ ORTIZ "esta institución ministerial se
encuentra imposibilitada para presentar a los CC Lucio Vásquez y Arturo Felipe,
toda vez que estos no forman parte de esta dependencia".
La Limeddh-FIDH considera que la no evaluación e intervención política de las
autoridades federales y estatales permitirá que continúen estas violaciones no
solo en Loxicha o en Oaxaca, sino en todo el país. Por lo que reitera su llamado
para que tomen las medidas apropiadas tendientes a poner fin a la violencia y
la guerra de baja intensidad de que vienen siendo victimas los indígenas en el
estado, en este sentido solicita:
i. Se eviten represalias en contra de los familiares de las victimas que han
demandado la actuación de las autoridades correspondientes; garantizando en toda
circunstancia y de manera efectiva el respeto a la integridad física,
psicológica y patrimonial de Juana JOSÉ JOSÉ, Jaime HERNÁNDEZ JOSÉ y Octavia
ENRÍQUEZ SANTIAGO
ii. Se realice una Investigación inmediata, seria, imparcial y eficaz por cada
uno de los hechos referidos, a fin de que se puedan detallar adecuadamente las
circunstancias de las irregularidades administrativas, civiles, penales y
violaciones a los derechos humanos en un informe oficial, con el fin de que
todas las personas ya sean particulares y funcionarios en contra de las cuales
existen indicios de responsabilidad en los mismos puedan ser sometidas al debido
proceso administrativo, civil y/o judicial y sean sancionados conforme a la ley.
iii. Informar públicamente de los resultados de la Investigación realizada a fin
de erradicar la impunidad.
iv. Se proceda respetando los derechos de seguridad jurídica, igualdad ante la
ley y del debido proceso que se sigue en contra de Octaviano HERNÁNDEZ PACHECO y
Andrés ENRÍQUEZ FERNÁNDEZ.
v. Se proceda a la cabal reparación del daño por las violaciones a los derechos
humanos incluyendo la adecuada indemnización compensatoria.
vi. Asegurar el cumplimiento efectivo de las obligaciones del Estado en cuanto
hace al respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, conforme
a la Constitución, las leyes nacionales y las normas internacionales de derechos
humanos.
A la CNDH.- Se instrumenten las medidas tendientes a garantizar el respeto a la
integridad física y psicológica de las victimas y la agilización de sus
investigaciones sobre el caso Loxicha, para que ese organismo publico emita una
Recomendación al respecto. Asimismo solicitamos se instrumente
medidas cautelares para las comunidades de la Región Loxicha.
México, D. F. a 26 de mayo de 2000.
Desde: limeddh@spersaoaxaca.com.mx
From: Editor Equipo Nizkor nizkor@teleline.es
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