Detenido desaparecido un dirigente del PRD en el estado de Guerrero
Tlahui-Politic 9 I/2000. Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. México, a 24 de Abril, 2000. Mex - Detenido desaparecido un dirigente del PRD en el estado de
Guerrero.
Equipo Nizkor,
Derechos Human Rights,
Serpaj Europa,
Solidaridad Urgente,
23abr00
DENUNCIAN COMO DETENIDO DESAPARECIDO A UN DIRIGENTE DEL PRD EN EL ESTADO DE
GUERRERO.
La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos, solicita su
intervención inmediata ante la DESAPARICIÓN FORZADA DEL SEÑOR DAVID MOLINA
FRANCISCO, DIRIGENTE DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA (PRD). De acuerdo
a nota periodística, en la calzada Pie de la Cuesta, Acapulco, Guerrero, a las
15:00 horas del 19 de abril de 2000, el señor David MOLINA FRANCISCO quien iba
en compañía de su hijo David Molina Gallegos de 10 años de edad, fue detenido
de manera violenta por alrededor de veinte individuos vestidos de negro, el
rostro cubierto con pasamontañas y portando rifles de alto poder AK-47, quienes
viajaban en dos camionetas Suburbans de color negro y un vehículo Tsuru de color
rojo.
Según refiere el menor de edad, dos sujetos bajaron a David Molina de su
camioneta pick up, uno lo tomo por atrás inmovilizándolo y uno mas lo golpeo en
la cabeza y lo arrojo al suelo a un lado de la camioneta. Otros cuatro hombres
lo sujetaron y lo golpearon en la cabeza abriéndole una herida; luego lo
subieron a una de las Suburban y se lo llevaron rumbo al
centro de la ciudad. Familiares de Molina Francisco se presentaron en la Agencia
Central del Ministerio Publico, donde negaron cualquier detención.
CONTEXTO:
David MOLINA FRANCISCO es suplente del diputado local Juan GARCÍA COSTILLA y ex
presidente del Consejo Estatal del PRD y ex precandidato a diputado federal por
el distrito 10. Recordamos que Juan GARCÍA COSTILLA y su hijo
Amilcar GARCÍA ESTRADA fueron detenidos de manera arbitraria y totalmente
irregular el 11 de octubre de 1999, al pretender vincularlos con el atentado que
sufrieran el pasado 3 de octubre el perredista Marco Antonio LÓPEZ GARCÍA y su
hijo Marco Antonio LÓPEZ HERNÁNDEZ, mismo quien perdiera la vida. Por estos
hechos también fueron objeto de Desaparición forzada transitoria y tortura el
señor Ángel Guillermo MARTÍNEZ y su esposa Virginia MONTES, quienes actualmente
enfrentan un proceso penal en su contra.
Es de particular importancia señalar que los hechos ocurren precisamente un día
después del informe anual del gobernador del estado, en el cual el diputado
Octaviano Santiago Dionicio -de la misma corriente política que David Molina
Francisco- dijo ante el gobernador Rene JUÁREZ CISNEROS que en Guerrero "el
caciquismo de Rubén Figueroa (exgobernador del estado) se ha colocado por encima
del Estado de derecho". Rene Lobato, presidente estatal perredista expreso su
preocupación por la persecución en contra de dirigentes del Comité Ejecutivo
Estatal del PRD: Adolfo Plancarte JIMÉNEZ,
Alberto RAMÍREZ Suárez, Guadalupe Eguiluz Bautista; así como del dirigente de la
Organización de Pueblos y Colonias de Guerrero (OPCG); Pedro Nava Castrejón; la
consejera nacional, Minerva RAMÍREZ Reyes; y los militantes, Esteban Miranda
Castrejón y Felix Cruz.
Resulta preocupante el clima de violencia e impunidad que se vive en Guerrero,
ya que en los últimos 6 meses tan solo en los archivos de la Limeddh contamos
con 6 casos de desapariciones forzadas, 2 de ellas de manera permanente.
Recordamos que la Desaparición forzada permanente es una practica de lesa
humanidad, que en México, se ha incrementado alcanzando
cifras preocupantes; siendo mas de mil personas, de 1970 a la fecha, las que de
acuerdo a informes de ONG defensoras de derechos humanos especialistas en el
tema han sido objeto de tal practica. Tal situación requiere que, de manera
impostergable se tipifique el delito de Desaparición forzada de personas en
nuestro país, así como la firma y ratificación de todos los tratados
internacionales que protegen a todas las personas contra las desapariciones
forzadas.
Señalamos que en casos de Desaparición forzada, las autoridades de México
violan derechos inalienables de la persona como son: el derecho a no ser
detenido sin orden judicial correspondiente y privado de la libertad; al
reconocimiento en todas partes a su personalidad jurídica; a ser oído en plena
igualdad públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial;
a no ser detenido mediante ordenamiento judicial en recintos ex profeso; Al
respeto a la integridad física, psicológica y moral de la persona; a no ser
sometido a tratos crueles, inhumanos y degradantes, para obligarlo a declarar en
contra propia y el derecho a la vida al ser sometido a la pena de muerte, de
facto, en algunos casos. Derechos garantizados, entre otros por los artículos:
14, 16, 18,19,20, 21 y 22 de la Constitución Mexicana; 3, 5, 8, 9, 10, 11 y 13
de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 3,5,7, 8, 9, 10, 22 y 25 de la
Convención Americana de los Derechos Humanos; I, VIII, XVIII, XXV y XXVI de la
Declaración Americana de los Derechos Humanos; 2, 7, 9, 10, 11, 14, 12, 13, 14 y
15 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y POLÍTICOS, violando
asimismo la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas,
aprobada por la OEA el 8 de junio de 1994.
Email: limeddh@laneta.apc.org
From: Editor Equipo Nizkor nizkor@teleline.es
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