Autodefensas secuestran y asesinan a miembros de la CRS en Antioquía
Tlahui-Politic 9 I/2000. Información enviada a Mario Rojas, Director de Tlahui. Colombia, a 4 de Febrero, 2000. Col - Las Autodefensas secuestran y asesinan a miembros de la CRS en
Antioquía.
Equipo Nizkor, miembro del Serpaj Europa, Derechos Human Rights (USA) y del GILC (Global Internet Liberty Campaign).
Solidaridad Urgente.
LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL DIRIGIDA POR CARLOS CASTAÑO SECUESTRA
Y ASESINA A VARIOS MIEMBROS DE LA CORRIENTE DE RENOVACIÓN SOCIALISTA
La Corriente de Renovación Socialista, C.R.S, organización
política nacida de un proceso de negociación y de la firma
de un Acuerdo de paz con el Gobierno Nacional en abril de 1994, denuncia
ante la opinión pública los siguientes hechos:
1. El domingo 23 de enero una columna armada compuesta por cerca de
cuarenta hombres que se identificaron como miembros de las Autodefensas
de Córdoba y Urabá, incursionó en la Vereda San Antonio
del Municipio de Montebello en el departamento de Antioquia secuestrando
a Uberney Giraldo y José Evelio Gallo, desmovilizados de la Corriente de
Renovación Socialista y a los señores Hildebrando Wilfredo
Cañaveral y Guillermo Adolfo Parra López.
2. El grupo armado y los cuatro secuestrados se trasladó a la
Finca la Galleta, ubicada en la misma vereda, en donde se adelanta un proyecto
productivo de reinserción económica y social derivado del
acuerdo de paz entre la C.R.S. y el gobierno, del cual hacían parte
Uberney y José Evelio. Allí, luego de intimidar a los presentes
escribieron consignas en la paredes alusivas a las Autodefensas y prosiguieron
su marcha, dejando en el camino el cadáver de Parra López..
3. El día lunes 24 fue encontrado el cadáver de Wilfredo
Cañaveral en jurisdicción del municipio de la Ceja mientras
Uberney Giraldo, José Evelio Gallo, permanecían desaparecidos.
4. El día lunes 24 el Ejército anunció la
muerte en combate en la vereda la madera del municipio del El Carmen de
Viboral de dos guerrilleros cuando, según el reporte oficial, intentaban
volar una torre de energía.
5. Realizado el levantamiento de los cadáveres y hechas las necropcias
correspondientes por parte de la Fiscalía del Municipio de Carmen
de Viboral, se estableció que las identidades de los presuntos
guerrilleros correspondían a las de Uberney Giraldo y José
Evelio Gallo. En la noche del
martes la morgue del municipio fue asaltada y los dos cadáveres
desaparecieron.
6. El día sábado 29 de enero, el Frente "Batalla del Santuario"
del Bloque Metro de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá,
expidió un comunicado atribuyéndose el secuestro y muerte
de estas cuatro personas.
Ante la gravedad de los hechos y las versiones contradictorias sobre
lo sucedido, exigimos:
1. Al Gobierno Nacional la inmediata y más completa investigación
sobre el secuestro y muerte de nuestros compañeros UBERNEY GIRALDO,
JOSÉ EVELIO GALLO y los señores WILFREDO CAÑAVERAL Y GUILLERMO
PARRA LÓPEZ, y garantías y protección para la C.R.S y sus
integrantes.
2. Dejamos en manos de los organismos de investigación del Estado,
en especial de la Procuraduría y de la Fiscalía General de
la Nación el pleno esclarecimiento de los hechos y el juzgamiento
a los culpables.
3. Convocamos a la opinión pública, a los organismos nacionales
e internacionales que velan por la protección y defensa de los derechos
humanos y a los Gobiernos amigos de la paz de Colombia a desarrollar acciones
que respalden la actividad social y política de quienes dejamos
las armas para construir la reconciliación y la convivencia democrática
entre los colombianos.
La Corriente de Renovación Socialista ha sido absolutamente transparente
con el proceso de paz y cumplidora cabal de su decisión política
por la paz y la civilidad, y pese a estas agresiones, ratifica ante la
opinión pública nacional e internacional su opción
por la lucha civil en la consecución de
la paz para Colombia y su gente.
JUNTA NACIONAL C. R. S.
Santa Fe de Bogotá, 31 de enero del 2000
FUNDAMENTACIÓN DEL EQUIPO NIZKOR:
Los paramilitares actúan con impunidad en zonas bajo control
Militar.
1) Según el Reglamento del Tribunal Internacional de Nuremberg
y las sentencias posteriores reafirmadas por el Tribunal ad doc de la Ex
Yugoslavia en el mes de julio de 1999, en el caso TADIC, la responsabilidad
de los comandantes militares y dirigentes civiles que controlan la zona
donde actuaron los paramilitares son responsables de no impedir la actuación
de los paramilitares con las mismas responsabilidades penales individuales
que si hubieran dirigido las operaciones en la zona de su comando.
Los comandantes de la zonas militares que son responsables en la cadena
de mando de la que dependen los batallones y los jefes de los batallones
son responsables de no impedir la actuación de las organizaciones
criminales que componen los grupos paramilitares, no es suficiente las
alegaciones de subordinación territorial ante la comisión
de delitos de esta naturaleza.. Estas responsabilidades deben ser depuradas
ante un tribunal.
2) La actuación de los paramilitares en Colombia recoge un patrón
de instrumentación de operaciones militares encubiertas que hacen
responsables a los cuerpos militares y al estado mayor del ejército
de Colombia de crímenes de guerra, secuestros, desapariciones forzosas
y demás delitos constituidos en la figura de crímenes graves
contra la humanidad. Estos delitos ni prescriben, ni son amnistiables tal
cual ha dictaminado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
en los informes que afectan al Batallón Atlacatl en
El Salvador. Lo mismo ocurriría si sus responsabilidades fueran
depuradas con los parámetros utilizados por los Tribunales Penales
Internacionales y la doctrina actual sobre el Derecho Internacional Humanitario.
3) Los paramilitares deben saber que según los convenios de Ginebra
los mercenarios no tendrán derecho al estatuto de combatiente o
de prisionero de guerra.
4) Es evidente que se están utilizando forma de exterminio de
población civil que siguen perfiles de modelos de análisis
y control social con la utilización de técnicas de simulación
por ordenador que determinan las listas de personas que son "nodos" de
activismo civil político, social y cultural y que son: a)
son fijadas como blanco; b) son amenazadas como forma de determinación
del blanco a las unidades paramilitares; c) son despejadas las áreas geográficas
de actuación paramilitar en zonas rurales o fijadas zonas de cobertura
de seguridad en zonas urbanas; d) son otorgadas facilidades de comunicaciones
y coordinación y finalmente se determina el momento de la ejecución.
Estos hechos son constitutivos de la figura de organización criminal
y planificación sistemática de exterminación de población
civil. Según la Comisión Colombiana de Juristas, durante
998 de un total de 1656 incidentes registrados el 81, 8 por ciento fueron
cometidos por paramilitares y por las fuerzas de seguridad del estado.
Entre 1994 y 1998 las violaciones graves de paramilitares y militares se
han más que doblado.
5) Es evidente que es "modus operandi" que se denuncia en este
caso tiene las características de un atentado contra las aquellas
fuerzas políticas que han llegado a una acuerdo de paz con el estado
colombiano. Se ha dejado pasar un tiempo desde los acuerdos con la Corriente
de Renovación Socialista y entonces los paramilitares comienzan
la tarea de exterminio de los que consideran "retaguardia de la guerrilla".
Estos asesinatos son especialmente graves porque significan una declaración
de guerra a aquellas opciones que plantean el reconocimiento de la esfera
civil para la defensa de sus intereses políticos.
6) Tomamos nota y apoyamos en todos sus términos, la Declaración
Pública del Comité Permanente de Relaciones Exteriores y Comercio
Internacional del Parlamento Canadiense de 16oct99 que dice expresamente
"Hace un llamado al Gobierno de Colombia a intensificar tanto la investigación
de la masacre de Barrancabermeja como también todas las actividades
orientadas a reducir y prevenir la violencia, la violación de los
derechos humanos en el país y a que ponga fin a la impunidad especialmente
respecto a los crímenes de lesa Humanidad".
En concordancia con esta Declaración solicitamos a otros gobiernos
que adopten similares posturas y que revisen las relaciones diplomáticas
y económicas con el gobierno Colombiano que ha demostrado ser insensible
a sus obligaciones frente al Derecho Internacional de los Derechos Humanos
y al Derecho Internacional Humanitario, para ello creemos se debe utilizar
como cláusula de condicionalidad el cumplimiento irrestricto de la doctrina
emergente de los dictámenes e informes de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos cuyo incumplimiento por parte del estado colombiano
es evidente.
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