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Por el Derecho a la Felicidad: MRA

Domingo 1 enero, 2012

Derecho a la Felicidad: MRA

DERECHO A LA FELICIDAD

Al origen de la República, nuestros padres fundadores sabían que el objetivo primero y último de la vida en sociedad era la felicidad de todos. El Artículo 24 de la Constitución de Apatzingán (1814) estableció con enorme claridad: “La felicidad del pueblo y de cada uno de los ciudadanos consiste en el goce de la igualdad, seguridad, propiedad y libertad. La íntegra conservación de estos derechos es el objeto de la institución de los gobiernos, y el único fin de las asociaciones políticas”.

Los vividores de la política, integrantes de las cúpulas partidarias serviles a la plutocracia, han querido pervertir el sentido de la felicidad a una mera enajenación consumista, como la satisfacción de poseer más cosas. La verdadera felicidad es un “estado de grata satisfacción espiritual y física”, en su contexto social y colectivo deriva de las adecuadas condiciones materiales y culturales en las que viven las personas.

En los Sentimientos de la Nación, como en otros documentos constitucionales, incluyendo la Constitución de 1857 y la de 1917, establecen el principio de soberanía: “todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”, es decir, para su propia felicidad. Los “derechos del hombre, que son la base y el objeto de la felicidad individual y colectiva”.

De esta forma es válido retomar esos principios fundacionales, máxime en estos tiempos de zozobra, inseguridad, violencia, pérdida de valores, desempleo, miseria y atraso educativo, siguen siendo válidas las ideas manifestadas por los congresistas de 1824: “La fe en las promesas, el amor al trabajo, la educación de la juventud, el respeto a sus semejantes: he aquí, mexicanos, las fuentes de donde emanará vuestra felicidad y la de vuestros nietos”.

Por todo esto, vale reivindicar el derecho a la felicidad.

¡Derecho al trabajo es felicidad!
¡Derecho a vivir en seguridad es felicidad!
¡Derecho a la salud es felicidad!
¡Derecho alimentario es felicidad!
¡Un ambiente limpio es felicidad!
¡Acceso a la educación y cultura es felicidad!
¡Democracia participativa es felicidad!

Igualmente debemos entender que la felicidad no cae del cielo.
Tampoco llegará sin la participación de todos.
¡La felicidad no se mendiga, se conquista!

DECÁLOGO DE GOBIERNO PARA UN MORELOS FELIZ

Hacía un programa de la utopía posible. Sin perder de vista un horizonte de mayor emancipación de las clases marginadas, de una sociedad con mayor equidad económica y desarrollo sustentable, nos proponemos dar los primeros pasos a favor de la felicidad de todos. De ser electo nuestro candidato a Gobernador, él y su gabinete desarrollarán el siguiente decálogo básico:

1.- Austeridad republicana en los sueldos de funcionarios. Para reducir el derroche y los gastos administrativos y burocráticos del Ejecutivo estatal, se impulsará una política de austeridad salarial para los funcionarios. Ningún servidor público podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Gobernador del Estado la cual será de un máximo de cuarenta salarios mínimos (SM). Ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico. Los Secretarios o Subsecretarios de Despacho, el Procurador General de Justicia, un máximo de 35 SM. Las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos. La aplicación de esta política reduciría en 42 millones de pesos anuales los gastos del gobierno del Estado, Municipal y del Congreso local.

2.- Fomento de la producción y recaudación. La política de austeridad y administración honesta ganaría la confianza del contribuyente, igualmente el aumento del empleo, la producción y consumo interno, lo cual redundaría en un aumento del 15% de la recaudación, pasando de 16,170,000,000 de ingresos actuales, a 18,595,500,000 de pesos para el 2014.

3.- Banco Cooperativo Zapatista para el Fomento del Desarrollo Sustentable. Los gobiernos del PRI y el PAN han entregado nuestra economía a los bancos extranjeros, permitiéndoles ganancias superiores al 30% anual, gracias a los créditos agiotistas de altísimos réditos para los mexicanos, amén de lo caro de sus servicios. Los banqueros españoles y norteamericanos, sobre todo, están saqueando nuevamente la economía nacional sin que nadie haga algo eficiente para impedirlo. Nosotros nos proponemos impulsar el cooperativismo y la solidaridad en el manejo del capital que se genera en la Entidad. Junto a los recursos del gobierno, como de las instituciones, empresas, y personas que lo quieran, se establecerá una caja de ahorro y préstamo a bajos réditos, a fin de fomentar las iniciativas productivas y de consumo para el desarrollo sustentable.

4.- Brigadas de Trabajo Social y Comunitario (BTSC), el Gobierno del Estado destinaría 720 millones de pesos anuales para emplear a 20 mil jóvenes y adultos desempleados, en coordinación con los municipios, trabajarían en la reforestación, reparación de caminos, obras de riego, remozamiento y limpieza del campo, calles, parques y otros lugares públicos y turísticos; obras para la protección del medio ambiente; construcción de viviendas populares, educación para adultos, alfabetización, actividades sanitarias y deportivas.

5.- Cobertura universal en educación básica y erradicación del analfabetismo. En Morelos entre el 7.0 y el 8.12% de las personas de 15 años y más, no saben leer ni escribir. Mediante brigadas multidisciplinarias de trabajo educativo, social y comunitario, el analfabetismo será erradicado para el 2015. Se crearán escuelas especiales para estudiantes con problema de conducta, y adicciones, los mismos que actualmente son expulsados a la calle.

6.- Preparatoria obligatoria, aumento sustantivo de la cobertura de la educación media superior. El gobierno del Estado realizará la gestión a fin de aumentar en 100,000,000.00 de pesos a la UAEM, los que sumados a los 168,489,000.00 del 2011, alcanzarían 268,489,000.00 para el 2013 y 368,500,000.00 para el 2014. En pleno respeto a la autonomía universitaria, y en atención al interés público y del pueblo que la financia, se recomendará a la UAEM para que los altos funcionarios de la universidad participen solidariamente en la política de austeridad, permitiendo que esos recursos puedan llegar hacía los profesores interinos, la contratación de otros; para ampliar la infraestructura, la cobertura y la oferta educativa; igualmente para el impulso de la investigación científica.

7.- Verdadera cobertura universal en seguridad, medicina y salud. A pesar del Seguro Popular, Morelos ocupa el 23 lugar nacional con el 54.65% de población sin derecho-habiencia a servicios de salud, superado únicamente por 9 entidades con mayor atraso en salud. Por otra parte es frecuente encontrar personas aseguradas simultáneamente en el IMSS e ISSSTE, mientras que unos 600 mil morelenses no son derechohabientes en ninguna institución social de salud. Para evitar duplicidad y hacer más eficientes en calidad y cualidad, y dadas las limitaciones económicas del Estado, el gobierno popular establecerá un padrón de morelenses sin derecho-habiencia y les brindará un sistema solidario y cooperativo de seguridad social y de salud (un verdadero seguro popular).

Además de ampliar la cobertura e infraestructura y mejorar la disponible, se contratará a los trabajadores de la salud necesarios para lograr la cobertura universal, se incluirán servicios, bienes y servicios en medicina tradicional y alternativa. Por cada consulta médica, las personas con seguro popular darán la quinta parte de un salario mínimo, mientras que, quienes tengan algún otro tipo de seguro, la consulta tendrá un valor de medio salario mínimo, en ambos casos se incluyen los medicamentos farmacéuticos, herbolarios, y/o alternativos.

En los lugares que se considere conveniente el Estado contratará o elaborará convenios con médicos particulares, instituciones civiles y privadas, a fin de que participen en el nuevo Seguro Popular. Se darán estímulos económicos importantes para los profesionales de la salud que promuevan en su comunidad actividades físicas, deportivas, de educación nutricional y de salud, grupos de apoyo, y diferentes actividades de educación para la salud y medicina preventiva.

8.- Servicio, bienes y servicios en medicinas tradicionales y alternativas. En convenio, contrato, y/o acuerdo con las organizaciones civiles correspondientes, el gobierno popular fomentará los establecimientos de medicinas tradicionales y alternativas para brindar servicios del Seguro Popular para la población de Morelos y de otros Estados que seguramente vendrán a buscarlos. Ahí mismo se podrán dar servicios a los extranjeros en turismo de salud, y para jubilados y pensionados de otros países a los que se les brindarán servicios a costos módicos y adecuados para la autogestión económica de los centros. De la misma forma el gobierno fomentará la producción de productos herbolarios, microdosis, medicamentos homeopáticos, y otros productos de las medicinas tradicionales y alternativas para el auto-abasto de las instituciones de salud del Estado. De esta manera, al mismo tiempo que las instituciones de salud podrán ahorrar de manera importante los gastos en medicamentos, se generará empleo, habrá ingresos y una importante derrama económica en la Entidad.

9.- Seguridad alimentaria. Mediante el sistema de salud del Estado, el nuevo gobierno levantará un padrón de niños con desnutrición o en riesgo de caer en ella, con los datos actuales se pueden estimar unas 12 mil familias morelenses con hijos en esas condiciones. El Estado concentrará todos los recursos alimenticios disponibles, hoy dispersos en diferentes programas y muchos de ellos manejados de manera inmoral por los políticos deshonestos para manipular e incrementar su clientelismo. El nuevo gobierno dejará esos recursos bajo el control y distribución de las instituciones de salud como el DIF, y la SSA, para que los niños bajo control médico-nutricional y sus familias puedan recibir los alimentos necesarios para restablecer un estado nutricional saludable. Los padres desempleados que tengan hijos pequeños con desnutrición o en riesgo tendrán prioridad para el empleo en las brigadas de trabajo social y comunitario (BTSC).

10.- Paz, seguridad y justicia. Las medidas de empleo, seguridad social y de salud, educativas, y de desarrollo económico sustentable, reducirán por si misma de manera importante la reserva humana disponible para la delincuencia y la criminalidad. La seguridad debe estar centrada en la protección del y los ciudadanos, el nuevo gobierno deberá modernizar a sus policías, profesionalizarlas, reducir su número e introducir métodos científicos y tecnológicos de inteligencia, investigación, prevención, y combate del delito y el crimen.

Además de la instalación de una red estatal de cámaras (en coordinación con los municipios) ubicadas en lugares estratégicos, del empleo de información de imagen satelital, y de pequeños helicópteros no tripulados y de control remoto con cámaras, se adquirirán tres helicópteros para el transporte de la policía capacitada para la acción rápida las 24 horas del día y los 365 días del año, desde sus bases en Cuernavaca, Cuautla, y Jojutla. Este cuerpo especial de acción rápida estaría integrado por 150 policías de élite capaces de responder en pocos minutos al llamado de auxilio de cualquier ciudadano ubicado en el territorio de Morelos. En coordinación con los municipios, las ayudantías y pueblos de Morelos, se re-establecerá y modernizará el sistema de vigilancia local mediante las rondas de ciudadanos involucrados en el sistema de seguridad popular. La justicia es nula si no es pronta y expedita, se modernizarán los servicios del ministerio público para hacerlos más rápidos y cómodos para los denunciantes, testigos y víctimas.

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Solicitud a las y los ciudadanos. Nosotros no derrochamos ni robamos los recursos de la Nación para hacer propaganda, ayúdanos a difundir esta propuesta ciudadana auténtica, pega en las redes sociales el vínculo de esta página, difunde su contenido mediante correo electrónico entre tus amigos y contactos.

Página, copia y pega: http://poder-ciudadano.mx/?p=165  

 

Vividores de la política

Martes 15 marzo, 2011

C. Lic. Felipe Calderón Hinojosa
Presidente de la República

Estimado Licenciado, agradezco de antemano el comunicado que nos ha hecho el día 7 de Enero pasado publicado en los periódicos de mayor circulación en el país, dentro del cual nos afirma que este año será de recuperación económica, al mismo tiempo que nos explica sobre cómo el año anterior cursado fue muy difícil y las decisiones que se han tomado fueron de igual medida difíciles para ustedes nuestros gobernantes.

Lo más importante de sus afirmaciones es que esto nos ha implicado grandes sacrificios para todos, y ahí me nacen algunas dudas:

¿Cuáles son exactamente esos sacrificios? Cuando existen gastos exorbitantes como por ejemplo: Los Diputados reciben como parte de su salario:

Dieta
$77,888
Asistencia Legislativa
$45,786
Gestión y Atención ciudadana
$28,772
Estos montos suman
$152,446 mensuales c/u

Además de contar con un seguro de gastos médicos mayores, cuya suma asegurada básica es de hasta 1,500 salarios mínimos generales mensuales vigentes en el Distrito Federal, aguinaldo equivalente a 40 días de su dieta. Cuentan también con un fondo de ahorro, que consiste de la aportación de hasta 12% de su dieta bruta mensual; seguro colectivo de vida, y gastos funerarios, entre algunas de las prestaciones a las que tienen derecho 1

Cabe mencionar que son 500 los Diputados que tenemos.

. El personal de la Cámara de Diputados:

Jefe de Departamento entre
$18,668 y $31,560
Subdirector entre
$31,801 y $51,900
Director de área entre
$53,109 y $83,789
Director general de cada área que labora al interior de la Cámara Baja entre
$91,203 y $ 119,220

Contralor
$122,038
Secretario
$136,832
Secretario general
$157,7021

. Los senadores obtienen $146,000 mensuales cada uno mas prestaciones, siendo 138 de ellos en la cámara.
. Cada uno de los consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) ganan a partir del 24 de Febrero del año 2009, la módica cantidad de $330,000 mensuales entre sueldo, bonos y prestaciones. 2

. De la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

Los Ministros
$347,000
Consejeros de la Judicatura Federal
$337,000
Magistrados del Tribunal Electoral
$343,000
Magistrados de Circuito
$200,000
Jueces de Distrito
$176,0002

. El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación $5’989,489 más otros $5’892,777 anuales por ser a la vez el presidente del Consejo de la Judicatura Federal, lo cual suma de $11’882,266 pesos anuales brutos.3
. Las pensiones y prestaciones de los cinco ex presidentes aún cuando Ernesto Zedillo renunció a su pensión vitalicia tiene un costo de $259’115,269 anuales, lo que representa en promedio un monto de 51 millones 823 mil pesos anuales por cada uno.

Además de la protección para los ex titulares del Ejecutivo incluye 78 elementos de las fuerzas federales para cada uno de ellos:

10 oficiales
6 jefes
1 general
48 de tropa
22 elementos de la Armada
45 elementos del Ejército
8 de tropa
13 elementos de la Fuerza Aérea

También disponen a 25 empleados de la Federación: tres choferes y personal de oficina, y tienen derecho a una camioneta blindada, otra más para su esposa y sus hijos, y tres autos para escoltas. Se cubren sus gastos de telefonía, y tienen acceso a viajes nacionales o al extranjero. Además, reciben primas mensuales, aguinaldo, bonos, prima vacacional y “apoyo” para la compra de despensa.4

Habría que agregar lo que gana Usted, excelentísimo Señor Presidente y lo que cuesta la nómina de Los Pinos, los gastos corrientes de luz, agua, gas, etc. y, las viandas que no deben comprarse precisamente en “la Comer”, o en el tianguis.
Los partidos políticos recibieron para su funcionamiento durante el 2009 las siguientes cantidades:

PAN
$705’695,000
PRI
$493’691,000
PRD
$424’209,000
PT
$201’211,000
Convergencia
$190’244,0005

Ahora bien teniendo en cuenta todo lo anterior, para poder mantener esos “sacrificios” nos elevan los impuestos de la siguiente manera:

IVA (Impuesto al Valor Agregado) sube del 10 al 11% en la región Norte, en el resto del país del 15 al 16%.

El ISR (Impuesto Sobre la Renta) sube del 28 al 30%.

El IDE (Impuesto al Depósito en Efectivo) sube del 2 al 3%.

La red de carreteras administradas por CAPUFE (Caminos y Puentes Federales) y FONADIN (Fondo Nacional De Infraestructura) aplicaron un aumento de 3.8% promedio a sus tarifas.

El IEPS (Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) de la siguiente manera:

Telecomunicaciones (servicios que se presentan a través de una red pública como el Internet, exentando a la telefonía pública y rural, así como al servicio de interconexión) 4%.

Además de incrementos al tabaco, cerveza, bebidas alcohólicas, juegos de apuestas y sorteos.

Lamento informar que los sacrificios los estamos haciendo nosotros, sus gobernados, su pueblo, los que los elegimos, a los que ustedes representan, esos sacrificios los sienten las familias mexicanas, los que menos ganan, todos nosotros que pagamos impuestos mismos que con los sacrificios que ya estábamos haciendo han aumentado, para que con ellos se paguen los salarios, bonos y prestaciones de las cuales ustedes si gozan.

Nuestras obligaciones aumentaron de la misma manera en la que han ido disminuyendo nuestros ingresos, fuentes de trabajo, capacidad adquisitiva, seguridad económica.

¿Con qué dinero pagan los impuestos estos funcionarios altamente remunerados? Con nuestro dinero, con el de nuestros impuestos.
Los sacrificios están mal entendidos entonces, el completo descaro, el cinismo y la desfachatez con la que nos están tratando es insultante.

De la manera mas atenta solicitamos soluciones verdaderas, cuentas claras, que trabajen lo que se ha pagado, adelgazamiento de gastos.

Atentamente

Todos los Mexicanos que pagamos impuestos y
SÍ NOS SACRIFICAMOS.

La ridícula minoría que afecta a todos

Martes 15 marzo, 2011

EL PRESIDENTE DIJO EN UN DISCURSO QUE LA INSEGURIDAD LA REPRESENTAN UNA RIDÍCULA MINORÍA

SEÑOR PRESIDENTE:

Efectivamente, el crimen organizado representa una ridícula minoría, que por desgracia afecta a la mayoría de los mexicanos, pero existen desde hace más de 80 años otras minorías que han estrangulado lentamente y sin misericordia a la mayoría de nosotros.

LA RIDÍCULA MINORÍA de diputados y senadores que enfrascados en intereses personales y partidistas han obstruído los cambios legislativos que se requieren con urgencia para nuestro país.

LA RIDÍCULA MINORÍA de quienes forman el poder Judicial y quienes no aplican la justicia por igual, generando un estado de anarquía que ha acabado con nuestra confianza.

LA RIDÍCULA MINORÍA de los dueños de riquezas mal habidas en nuestro país que concentran de manera inmoral e intolerable la mayor parte de los bienes de la nación ante la injusticia de 40 millones de mexicanos en pobreza extrema.

LA RIDÍCULA MINORÍA que dirige el destino de la educación en México, matando antes de nacer una nueva generación de mexicanos destinados desde ahora a la mediocridad intelectual.

LA RIDÍCULA MINORÍA de los monopolios que laceran la economía de los mexicanos.

Señor presidente: Necesita usted actuar ante éstas y otras RIDÍCULAS MINORÍAS. Si lo hace, la abrumadora mayoría estaremos con usted, pero si no lo hace, despertará pronto el monstruo dormido de las mayorías, y entonces sí, señor Presidente, ya nada será igual.

Dr. Alejandro Camelo Schwarz
Monterrey, Nuevo León, México
Soy médico Otorrinolaringólogo, tengo 54 años.
Me dedico a la práctica privada de mi especialidad
en mi clínica Centro Médico Miravalle.

Felipe Calderón H., Traidor a la Patria

Lunes 7 febrero, 2011

Pronunciamiento especial del Tercer Encuentro Nacional del Congreso Social

Considerandos

Todos los funcionarios de la República invariablemente juran cumplir y hacer cumplir la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, y aun en el caso de incurrir en perjurio, o ser funcionarios espurios, el Artículo 136 establece con toda claridad la inviolabilidad de la Constitución.

El C. Felipe Calderón Hinojosa ha usurpado el poder de manera ilegítima, e incurrido en graves violaciones a la Constitución, entre otras, permitir el proceso de privatización del patrimonio nacional, especialmente mediante el contratismo en PEMEX, en CFE, y en los servicios de las áreas de LyFC. Además, en connivencia con su secretario del trabajo Javier Lozano Alarcón, en actos de asociación delictuosa, han incurrido en graves violaciones constitucionales en contra de los derechos laborales y de libre asociación sindical, como por ejemplo en la artera agresión en contra de los mineros de Cananea, y del golpe fascista al SME y la actual negativa a reconocer contratos colectivos, y el desconocimiento a discreción de la figura del patrón sustituto.

Felipe Calderón Hinojosa ha cometido muchos otros delitos graves contra la Nación, como el fraude político de prometer empleo, y sumir al país en una de sus peores crisis de desempleo; igualmente, en complicidad con los partidos mayoritarios, ha entregado el espectro radiológico al duopolio televisivo al mismo tiempo que ha menospreciado el derecho de expresión y de libertad para la transmisión de las ideas de los ciudadanos, organizaciones civiles, educativas y culturales.

Por todo esto, la Asamblea del Tercer Encuentro Nacional del Congreso Social hacia el Nuevo Constituyente, declara que:

Felipe Calderón Hinojosa, Javier Lozano Alarcón, y a todos los miembros de su gabinete son Traidores a la Patria.

Dado que el actual régimen no dimana de la Soberanía Nacional, tan luego como el pueblo recobre su libertad, y se restablezca la observancia de la Constitución, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se expidan, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la usurpación, como los que hubieren cooperado con ésta.

Cuernavaca, Morelos México a 6 de febrero, 2011.

Medidores electrónicos, fraude de CFE

Jueves 13 enero, 2011

Asamblea de Autoridades y Delegados de la Zona Norte del Istmo demandan a CFE información sobre medidores electrónicos, Oaxaca
Por: Esperanza González
UCIZONI / Radio Comunitaria Las Voces de los Pueblos

Autoridades de cuatro localidades exigen a Comisión Federal de Electricidad brinde información sobre el cambio de medidores que están realizando sin previo aviso en las comunidades de la Zona Norte del Istmo.

El Ejido Revolución perteneciente al municipio de San Juan Guichicovi, denuncia en Asamblea de Autoridades y Delegados del pasado 08 de Enero 2011, la introducción de la CFE a la localidad sin previo aviso, Rubén José Garrido, delegado de la comunidad denuncia los hechos “en la comunidad llevan haciendo diez cambios de medidores, no nos han informado a que se debe y los recibos de luz siguen llegando arriba de dos mil pesos a familias pobres, se ha citado a la CFE para que realice una reunión de información y ha dejado plantado a la comunidad”.

El mismo caso sucede en la localidad de Estación Almoloya, La Princesa el Polvorín y Matías Romero, donde la denuncia contra CFE crece. ?Según las versiones de las localidades que están siendo afectadas, “entran a sus domicilios cuando la familia no se encuentra y hacen el cambio del medidor”. La preocupación de las familias con el cambio de medidores, es si las tarifas de luz aumentaran por ser un medidor electrónico, existe confusión entre los habitantes de las comunidades. Por lo pronto las comunidades acuerdan bloquear la entrada de la Comisión Federal de Electricidad a las comunidades hasta que no haya información clara, puesto que es obligación de la empresa brindar todo tipo de información que este relacionado con los usuarios del servicio, en función de este derecho al acceso a la información se hace un llamado público a CFE para que de la cara y brinde la información necesaria a las localidades de la zona norte del Istmo.

El problema de las altas tarifas de energía eléctrica en la región del Istmo se ha incrementado en los últimos cuatro años, pese las denuncias y movilizaciones por exigir una tarifa justa, la Comisión Federal de Electricidad no ha hecho caso omiso, ahora se presenta a las comunidades sin proporcionar información. Al mismo tiempo el cambio de los medidores es un hecho que esta ocurriendo desde mediados del año pasado sin embargo las denuncias no se habían hecho públicas.

Por otro la Red Nacional de Altas Tarifas se suma a la exigencia de las comunidades, para que la CFE atienda la denuncia de las comunidades afectadas. Al mismo tiempo la Unión de Comunidades Indígenas de la Zona Norte del Istmo dará seguimiento a la denuncia de las localidades.

Enviado por AIPIN

http://www.aipin.info

Propuesta para Salarios Máximos en Morelos

Domingo 19 diciembre, 2010

INICIATIVA SOBRE
SALARIOS MÁXIMOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS DE MORELOS

Presentan:
Ciudadanos de Cuernavaca,
Calpulli-Morelos,
Constituyente Ciudadano, y
M33.

No obstante del avance que significó la inclusión de la iniciativa popular en el texto constitucional de Morelos, establecidos en el Artículo 19 bis, la cantidad de firmas (3% del padrón estatal de electores*), los trámites engorrosos, y el riesgo de no ser tomados en cuenta por los legisladores que obedecen intereses espurios, tanto personales como de facción partidaria, desalientan la participación ciudadana. En la práctica, quienes detentan el poder han continuado haciendo nugatorios los derechos de los ciudadanos para presentar iniciativas de ley, usurpando así el espíritu y los principios establecidos en el Artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.

Sin consentir tal escamoteo de la soberanía popular, ni renunciar a nuestros derechos ciudadanos para presentar iniciativas, con fundamento en el Artículo 8º constitucional, hemos determinado seguir el cause impuesto por el Congreso, y solicitar la recepción, trámite, y continuidad de esta iniciativa sobre Salarios Máximos de los funcionarios públicos del Estado de Morelos, para que esta sea presentada formalmente por el legislador, de conformidad con las fracciones II, III, IV, V, y demás relativas del Artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos.

CONSIDERACIONES

Considerando que desde 1992 a la fecha, los sueldos de los funcionarios públicos han crecido entre 200 y 500%, mientras que al mismo tiempo el salario mínimo ha perdido su poder adquisitivo gracias a los ridículos aumentos que no alcanzan a cubrir siquiera la inflación anual; tan es así que actualmente, la Comisión Nacional de los de Salarios Mínimos acordó un incremento de 4.1 por ciento en las tres zonas geográficas del país, pero sin alcanzar en ningún caso sobrepasar los 60 pesos diarios, supuesto aumento que se aplicará a partir del 1 de enero del 2011. Los enormes sueldos de los funcionarios públicos no solo son inmorales, sino un verdadero latrocinio de la hacienda pública. En un estado de derecho inspirado en principios deontológicos válidos, los sueldos de los funcionarios deben de ajustarse al desarrollo económico del Estado, y tener una limitante constitucional proporcional al salario mínimo.

Considerando que, en numerosos casos, los ingresos y el presupuestos de los municipios, es tan bajo que apenas alcanza a cubrir los altísimos sueldos de sus funcionarios electos, y la nómina burocrática de burócratas, allegados y aviadores, dejando a su mínima expresión, y a veces en la nulidad, la obra pública y el mejoramiento de los servicios municipales. En gran medida, la mayoría de los cabildos han fungido como asambleas facciosas para repartirse el dinero del municipio, así hemos visto presidentes municipales con sueldos insultantes (superiores a 140,000 pesos mensuales), y regidores igual de voraces, en muchos casos estos funcionarios ganan mucho más que los alcaldes y representantes de las grandes ciudades del primer mundo.

Considerando que la mayoría de los funcionarios públicos, electos y no electos en procesos electorales, han rehusado históricamente a seguir el principio morelense que los obliga a actuar como “siervos de la nación”, y el juarista de recibir ingresos en la “justa medianía”, es menester que la sociedad civil ponga un alto al latrocinio de los vividores de la política, los mismos que no persiguen ideales ni principios nobles de servicio altruista y honorario hacia el pueblo, sino el interés de lucro y el enriquecimiento personal.

Considerando que la corrupción y falta de autoridad moral de quienes han hecho de la política su modus vivendi, ha causado una justificada falta de confianza entre los ciudadanos hacia sus malos gobernantes, lo que ha redundado en una reducción de la recaudación fiscal. Ciertamente que el contribuyente se siente razonablemente incómodo de entregar sus impuestos a quienes se los embolsan y malgastan, y que, en lugar de ver fructificar obras y servicios públicos, únicamente observa opulencia, residencias y autos de lujo, de aquellos que manejan los recursos del pueblo a su capricho y discreción. Es impostergable dignificar el quehacer público con funcionarios eficientes y honestos, de esa manera aumentarán las contribuciones y el pueblo se verá beneficiado por el crecimiento económico y social.

Considerando la carencia de una legislación y normativa con un tabulador de salarios máximos de los funcionarios públicos en el Estado de Morelos, lo que ha permitido que estos se adjudiquen así mismo y a su propia discreción y abuso las remuneraciones y dietas respectivas, es indispensable establecer una norma constitucional que ponga un tope máximo a los sueldos, viáticos, aguinaldos y demás emolumentos de quienes ejercen la función pública en el Estado.

Considerando que el Artículo 131 de la Constitución del Estado, establece que los funcionarios “recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función”, por un lado cierra las puertas del gobierno para quienes animados de un elevado espíritu de servicio quieran hacerlo de manera benévola, gratuita y honoraria; y por la otra, el precepto de la “irrenunciabilidad” de la remuneración ha sido aplicado como un acicate en contra de los pocos funcionarios que se han opuesto, firme o tímidamente, a los altos sueldos percibidos, a fin de obligarlos a la “connivencia y complicidad” en el saqueo del erario.

Por todo esto, proponemos a esta soberanía, la siguiente:

Propuesta ciudadana para reformar y adicionar los artículos 98, 131, y 134 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, a fin de establecer la remuneración máxima de los servidores públicos, e implementar las sanciones por responsabilidad para quienes incurran en su violación

ARTÍCULO 98.- Los Magistrados, los Jueces y los Consejeros de la Judicatura Estatal percibirán una remuneración adecuada a su alta responsabilidad, conforme lo establecido en el Artículo 131 de esta Constitución.

ARTÍCULO 131.- Ningún pago podrá hacerse que no esté comprendido en el presupuesto respectivo o determinado por la Ley. Los servidores públicos del Estado y de los Municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases:
I. Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
II. Ningún servidor público podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Gobernador del Estado la cual será de un máximo de cuarenta salarios mínimos (SM); ni viáticos o gastos de representación personal, que sean superiores al treinta por ciento de su salario o dieta y que este asignado en el presupuesto correspondiente.
III. Ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que la remuneración de un funcionario no electo sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Gobernador del Estado en el presupuesto correspondiente.
IV. Las remuneraciones de los funcionarios se rigen mediante el siguiente tabulador de salarios máximos:
a) los Secretarios o Subsecretarios de Despacho, el Procurador General de Justicia, los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, los Magistrados del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y los Diputados Locales, un máximo de 35 SM;
b) los Presidentes Municipales, un máximo de 30 SM;
c) los Regidores, Consejeros Electorales del Consejo Estatal Electoral, los Magistrados del Tribunal Estatal Electoral, los Jueces de Primera Instancia, los Agentes del Ministerio Público, los Administradores de Rentas, los Jefes de Policía de Seguridad Pública, un salario máximo de 25 SM; y
d) los demás funcionarios no incluidos en este tabulador, un máximo de 15 SM.
Las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos, y deberán especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie
.

V. No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. Estos conceptos no se otorgarán a los funcionarios electos. Quedan excluidos de la remuneración máxima los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado.
VI. Los funcionarios que perciban una remuneración mayor a la máxima autorizada en este Artículo, en su caso serán sujetos a juicio político y se les fincará responsabilidad en los términos del Título Séptimo de esta Constitución y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Los ciudadanos pueden acudir a la acción popular, conforme lo establece el Artículo 146, a fin de impedir la violación constitucional de los salarios máximos de los funcionarios públicos.
El Congreso del Estado expedirá las leyes necesarias para hacer efectivo el contenido del presente artículo y las disposiciones constitucionales relativas, y para sancionar penal y administrativamente las conductas que impliquen el incumplimiento o la elusión por simulación de lo establecido en este artículo.

TITULO SÉPTIMO
DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO.

ARTÍCULO 134.- Para los efectos de las responsabilidades a que se refiere este título se reputan como servidores públicos a los integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como de los Ayuntamientos, el Consejero Presidente y los consejeros electorales del Instituto Estatal Electoral, el Consejero Presidente y los consejeros del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, los Magistrados Electorales, los Magistrados del tribunal de lo Contencioso Administrativo y en general todo aquel que desempeñe un cargo, comisión empleo de cualquier naturaleza en la administración pública estatal o paraestatal o en las entidades mencionadas con anterioridad.

Al Gobernador solo se le podrá exigir responsabilidad durante su cargo, mediante Juicio Político, por violación expresa y calificada como grave a esta Constitución, como la de recibir una remuneración mayor a la máxima autorizada por el Artículo 131 de esta Constitución, ataques a la libertad electoral y al derecho de participación ciudadana y por delitos graves del orden común.

Percibir una remuneración superior a la máxima autorizada, por cualquier servidor público, será considerado como un delito y violación grave a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y la sanción deberá comprender al menos el desafuero, la separación del cargo, y la incapacidad para ocupar cualquier otros cargo público, además de las puniciones que adicionalmente correspondan a cada caso.

Notas:

* Además de los candados burocráticos que violan el principio de la soberanía popular, e impiden el verdadero ejercicio civil del Plebiscito, y el Referéndum, la Iniciativa Popular también se obstaculiza con un trato discriminatorio hacia los ciudadanos, los depositarios de la soberanía primigenia; para proteger y privilegiar a los legisladores emanados de los partidos que voluntaria o involuntariamente han defendido, en su mayoría, los intereses de la oligarquía que maneja el poder detrás de las instituciones del Estado.

Los partidos, con cuantiosos recursos proporcionados por los contribuyentes, y muchas veces de manera oculta e ilegal por empresarios interesados e incluso, sospechosamente, por el crimen organizado, en la elección del 2009 requirieron de 20,909 votos en promedio, para cada unos de los 30 diputados que conforman la actual LI Legislatura de Morelos, todos ellos tienen la posibilidad de presentar las iniciativas de ley que quieran.

Mientras tanto, los ciudadanos, sin ningún costo a cargo del erario público, requieren de la suscripción de 40,485 personas para completar el tres por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral actual (134,9516, diciembre del 2010) del Estado de Morelos. Un Estado democrático debe incentivar la participación cívica y privilegiar los derechos de los ciudadanos por sobre los representantes y jerarcas políticos, para presentar una iniciativa popular, las signaturas no debieran ser en número superior al 1% del padrón de electores, este tema será motivo de otra propuesta que presentaremos posteriormente.

** El texto subrayado representa las adiciones y modificaciones que se proponen.


TEXTO VIGENTE
DE LOS ARTÍCULOS QUE SE PRETENDE MODIFICAR
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

ARTÍCULO 98.- Los Magistrados, los Jueces y los Consejeros de la Judicatura Estatal percibirán una remuneración adecuada a su alta responsabilidad, la cual será irrenunciable y no podrá ser disminuida durante el ejercicio del cargo.

ARTÍCULO 131.- Ningún pago podrá hacerse que no esté comprendido en el presupuesto respectivo o determinado por la Ley. Los servidores públicos del Estado y de los Municipios, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.

Dicha remuneración será determinada anual y equitativamente en los presupuestos de egresos correspondientes, bajo las siguientes bases:
I. Se considera remuneración o retribución toda percepción en efectivo o en especie, incluyendo dietas, aguinaldos, gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, compensaciones y cualquier otra, con excepción de los apoyos y los gastos sujetos a comprobación que sean propios del desarrollo del trabajo y los gastos de viaje en actividades oficiales.
II. Ningún servidor público podrá recibir remuneración, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Gobernador del Estado la cual será de 1,817.51 SMV y que este asignado en el presupuesto correspondiente.
III. Ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico; salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo, derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Gobernador del Estado en el presupuesto correspondiente.
IV. No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo. Estos conceptos no formarán parte de la remuneración. Quedan excluidos los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado.
V. Las remuneraciones y sus tabuladores serán públicos, y deberán especificar y diferenciar la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie.
VI. El Congreso del Estado expedirá las leyes para hacer efectivo el contenido del presente artículo y las disposiciones constitucionales relativas, y para sancionar penal y administrativamente las conductas que impliquen el incumplimiento o la elusión por simulación de lo establecido en este artículo.

TITULO SEPTIMO
DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL ESTADO
.

ARTICULO 134.- Para los efectos de las responsabilidades a que se refiere este título se reputan como servidores públicos a los integrantes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como de los Ayuntamientos, el Consejero Presidente y los consejeros electorales del Instituto Estatal Electoral, el Consejero Presidente y los consejeros del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, los Magistrados Electorales, los Magistrados del tribunal de lo Contencioso Administrativo y en general todo aquel que desempeñe un cargo, comisión empleo de cualquier naturaleza en la administración pública estatal o paraestatal o en las entidades mencionadas con anterioridad.

Al Gobernador solo se le podrá exigir responsabilidad durante su cargo, mediante Juicio Político, por violación expresa y calificada como grave a esta Constitución, ataques a la libertad electoral y al derecho de participación ciudadana y por delitos graves del orden común.


La mayoría de los magistrados a favor de que los funcionarios públicos sigan robando el presupuesto de los ayuntamientos mediante sus altos sueldos. En el fondo, la Suprema Corte de Justicia pretende no sentar precedente (jurisprudencia, como se dice) y proteger sus propios altísimos sueldos.


Elimina la Suprema Corte de Justicia tope salarial para los funcionarios municipales.
Un atentado a la autonomía de ayuntamientos, que los congresos locales fijen límites, argumenta
Puede haber arbitrariedades, pero en su momento se sancionarán, dice el ministro Luis María Aguilar

Jesús Aranda

Periódico La Jornada
Miércoles 5 de enero de 2011, p. 6

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó el camino libre para que los salarios de los funcionarios municipales del país no tengan tope máximo y que su única limitante es que sean inferiores al que percibe el Presidente de la República.

Por ocho votos contra dos, los ministros declararon la inconstitucionalidad de la reforma al artículo 30 del Código Municipal de Tamaulipas, que facultaba al Congreso de esa entidad a establecer un tabulador de sueldos de los salarios de síndicos y regidores, de acuerdo con la población de los municipios.

José Ramón Cossío Díaz y Fernando Franco votaron en contra de la decisión, al considerar que a partir de la reciente reforma al artículo 127 constitucional –que prevé que ningún funcionario del país podrá ganar más que el jefe del Ejecutivo federal–, los congresos estatales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal sí están facultados para fijar “políticas salariales” que respondan a criterios de racionalidad y austeridad del gasto público.

Al argumentar en contra de la mayoría, que estableció que el hecho de que el Congreso limitara los sueldos de los funcionarios de los ayuntamientos constituía un atentado a la autonomía municipal, Cossío sostuvo que si bien un Congreso no puede fijar límites salariales de los funcionarios de los ayuntamientos, “sí puede establecer criterios –con base en la reforma constitucional del 127 sobre salarios máximos– en materia de remuneraciones”, para que éstas sean proporcionales a sus responsabilidades.

Coincidió con Franco en que las legislaturas locales deben establecer límites generales, abstractos e impersonales en cuanto a la remuneración.

Insistió en que las reformas constitucionales recientes introdujeron el principio de la racionalidad del gasto público y la determinación de los salarios. “A nadie se nos escapa que en un país como el nuestro, con tan sensibles diferencias económicas y sociales, el Constituyente haya establecido una política de racionalidad y de austeridad en el gasto público”, dijo.
Planteó que desde esta perspectiva, “puede ser tanto o más importante el tema de la racionalidad del gasto que el de las competencias municipales.

Al resolver tres controversias constitucionales presentadas por los municipios tamaulipecos panistas de Llera, Gómez Farías y Abasolo en contra de la reforma referida, la mayoría determinó que no hay contradicción entre libertad hacendaria, autonomía municipal y la política de austeridad y racionalidad del gasto público.

Aunque el ministro Luis María Aguilar reconoció que con la libertad dejada a los ayuntamientos “se pueden dar arbitrariedades en esto o en la ley, que ya serán en su momento criticables, anulables y hasta sancionables”.

En su primer sesión como presidente de la Suprema Corte, Juan N. Silva Meza señaló que el pleno ha sostenido “un respeto total y absoluto a la libertad hacendaria de los municipios”, y que los congresos locales no tienen competencia para fijar un tope a las remuneraciones de los funcionarios de los ayuntamientos

Según el ordenamiento derogado, en las demarcaciones con una población de mil a 5 mil habitantes la percepción anual de los síndicos no sería mayor a 101 salarios mínimos; la de los regidores no debería exceder de 80 salarios mínimos vigentes en la entidad; de cinco a 10 mil habitantes, un síndico ganaba hasta 151 salarios mínimos, y un regidor no más de 121; en los de más de 10 mil habitantes y hasta 15 mil, los síndicos no podrían percibir más de 202 salarios, y los regidores 161; de 15 mil uno a 40 mil habitantes, los síndicos recibirían un máximo de 252 salarios mínimos, y los regidores, 202.

En los municipios con 40 mil uno hasta 100 mil habitantes, a los síndicos se les fijaba un tope de 378 salarios mínimos, y a los regidores 303; de 101 mil a 250 mil habitantes, los síndicos ganaban hasta 505 salarios mínimos, y los regidores 404. Mientras, en los municipios con población mayor a 250 mil habitantes los síndicos ganaban hasta 757 salarios mínimos, y los regidores 606.